REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, dieciséis (16) de enero de dos mil nueve
198º y 149º
Visto que la Celebración de la Audiencia Preliminar en el presente asunto estaba fijada para el día de hoy viernes dieciséis (16) de enero de 2009, a las nueve de la mañana (9:00 a.m), y por cuanto las representaciones judiciales de cada una de las partes identificadas en autos, mutuamente mediante diligencia de esta misma fecha, (Folio 43), solicitaron su reprogramación. En consecuencia quien Juzga en aras de cumplir con la finalidad de la primera fase del proceso laboral, la cual es la Mediación y Conciliación, acuerda DIFERIR dicha Audiencia Preliminar y a tal efecto la fija para el día: MIERCOLES (21) DE ENERO DE 2009, A LAS NUEVE DE LA MAÑANA (09.00 AM); No se ordena notificar a las partes por cuanto las mismas están a derecho mediante la anterior referida diligencia y de conformidad con lo previsto en el Articulo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
La Juez,
Abg. ARLEC VERONICA LUCENA HERNÀNDEZ
La Secretaria,
Abg. NORAYDEE REVEROL.
ASUNTO: UP11-L-2008-000548-Oswaldoliscano.