REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DE LA CIRCUSNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, Veintiséis (26) de Enero de Dos mil Nueve
198º y 149º

ASUNTO: UP11-L-2008-000505

Vista la diligencia cursante al folio Veintitrés (23) del presente asunto, suscrita por los Abogados en ejercicio: YARISOL FIGUEIRA y OSWALDO HENRIQUEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 40.560 y 102.394 y respectivamente, la primera actuando en su condición de Apoderada Judicial de la parte demandada y el segundo actuando en su condición de Apoderada Judicial de la parte actora, mediante la cual solicitaron de mutuo acuerdo ante éste Tribunal se DIFIERA la Audiencia Preliminar fijada para el día de hoy Lunes Veintiséis (26) de Enero de 2009, a las Diez (10:00 am). En consecuencia, éste Juzgado, considera que en aras de cumplir con la finalidad de la primera fase del proceso laboral, la cual es la Mediación y Conciliación, acuerda lo solicitado por las partes y a tal efecto acuerda DIFERIR la celebración de la Audiencia Preliminar, para el día JUEVES DOCE (12) DE FEBRERO DE 2009, A LAS DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 AM). No se notifica a las partes por cuanto las mismas se encuentran a derecho de conformidad con el artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
La Juez;


Abg. ARLEC VERÓNICA LUCENA HERNÁNDEZ

La Secretaria;


Abg. NORAYDEE REVEROL.