REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, veintiocho (28) de enero de dos mil nueve
198º y 149º
ASUNTO: UP11-L-2008-000254
Visto que para el día de hoy, miércoles veintiocho (28) de enero de 2009, a las diez de la mañana (10:00 a.m.), corresponde la celebración de la Audiencia Preliminar Diferida en la presente causa, según auto que riela al folio veintisiete (27) de este expediente y debido a asuntos propios ineludibles del Tribunal que impiden a la ciudadana Juez del Despacho presidir dicho acto, en consecuencia este Tribunal acuerda: DIFERIR nuevamente la Celebración de dicha Audiencia Preliminar para el día MIERCOLES ONCE (11) DE FEBRERO DE 2009, a las DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 AM). No se notifica a las partes por cuanto las mismas se encuentran a derecho, de conformidad con lo establecido en el Artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
LA JUEZ,
Abg. ARLEC VERONICA LUCENA HERNANDEZ
LA SECRETARIA,
Abg. NORAYDEE REVEROL.
AVLH/NRV/dilciasosa