REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, ocho (08) de enero de dos mil nueve
198º y 149º
ASUNTO: UP11-L-2008-000018
Por cuanto para el día de hoy, JUEVES OCHO (08) DE ENERO DE 2009, a las: DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 AM), se encuentra prevista la celebración de la Audiencia Preliminar Prolongada, y por ocupaciones preferentes, éste Tribunal en aras de cumplir con la finalidad de la primera fase del proceso laboral, la cual es la Mediación y Conciliación, acuerda y ordena: REPROGRAMAR la prolongación de la Audiencia Preliminar, para el día VIERNES VEINTITRÈS (23) DE ENERO DE 2009, a las: ONCE DE LA MAÑANA (11:00 AM). No se ordenó notificar a las partes por cuanto se encuentran a derecho de conformidad con el artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
La Juez,
Abg. ARLEC VERÓNICA LUCENA HERNÁNDEZ
El Secretario Accidental,
Abg. JEAN CARLOS TERÀN
ASUNTO: UP11-L-2008-000018
Pieza Nro. UNO (01)
AVLH/JCT/dillciasosa