REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, dieciséis (16) de Enero de dos mil nueve
198º y 149º
Nº DE EXPEDIENTE UP11-L-2007-000267
PARTE DEMANDANTE ANGEL ALFONSO ESPINALES
APODERADOS OSWALDO ANTONIO HENRIQUEZ HIDALGO y FELISOLA MUJICA FLORES, inscritos en el IPSA bajo los Nos. 102.394 y 102.545, respectivamente.
PARTE DEMANDADA MUNICIPIO ARISTIDES BASTIDAS
APODERADO MARTA ANDREA MATEUS HEREDIA y JUANA MARIA MARTINEZ COLMENAREZ, inscritas en el IPSA bajo los Nos. 66.562 y 73.679, respectivamente.
MOTIVO COBRODE PRESTACIONES SOCIALES
En la ciudad de San Felipe Estado Yaracuy a los dieciséis (16) días del mes de Enero del año 2008, siendo las diez de la mañana (10:00 A. M), constituido como se encuentra el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, presidido por la ciudadana Juez MARY SALOME SALCEDO de D’ENJOY, anunciada como ha sido la Audiencia fijada y ordenada como ha sido la verificación de la asistencia de las partes, siendo la fecha y hora fijada para la realización de la Audiencia Preliminar de la presente causa, signada con el No. UP11-L-2007-000267 de la nomenclatura de este Tribunal, con motivo de la Demanda por Cobro de Prestaciones Sociales, incoada por el ciudadano ANGEL ALFONSO ESPINALES, representado por los abogados en ejercicio OSWALDO ANTONIO HENRIQUEZ HIDALGO y FELISOLA MUJICA FLORES, inscritos en el IPSA bajo los Nos. 102.394 y 102.545, respectivamente, CONTRA MUNICIPIO ARISTIDES BASTIDAS DEL ESTADO YARACUY, representado por la abogado MARTA ANDREA MATEUS HEREDIA inscrita en el IPSA bajo el No. 66.562, en su condición de Sindico Procurador encargado, según se desprende de Gaceta Municipal de fecha 08/02/2008, Resolución No. 002-2008. Anunciada la Audiencia Preliminar y ordenada como ha sido por la Ciudadana Juez la verificación de la asistencia de las partes, se constato que sólo se encuentra presente la representación de la parte demandada MUNICIPIO ARISTIDES BASTIDAS DEL ESTADO YARACUY, la abogado MARTA ANDREA MATEUS HEREDIA inscrita en el IPSA bajo el No. 66.562, verificándose además que no se encuentra presente ni la parte demandante ni su apoderado judicial, incompareciendo a la realización de la Audiencia Preliminar; por lo que de conformidad con lo previsto en el Articulo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: DESISTIDO EL PRESENTE PROCEDIMIENTO Y UNA VEZ DEFINITIVAMENTE FIRME ESTA DECISIÓN, ORDENESE EL ARCHIVO DEL EXPEDIENTE. Dada, Firmado y Sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, siendo las 10:30 a.m. del mismo día; previo pronunciamiento oral de la presente decisión.-
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISION.-
Se hacen tres (03) ejemplares a un mismo tenor y un solo efecto en la ciudad de San Felipe Estado Yaracuy a los Dieciséis (16) días del mes de Enero del año 2009.
DIOS Y FEDERACION
La Juez,
Abg. MARY SALOME SALCEDO DE D’ENJOY
La parte demandada,
El Secretario,
Abg. JEAN CARLOS TERAN
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