REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto (5°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, nueve (09) de enero de dos mil nueve (2009)
198º y 149º
ASUNTO: AP21-L-2008-003562
Visto el escrito contentivo de las pruebas promovidas por la parte demandada, el cual riela a los folios N° 124 al 133, del presente expediente, Tribunal pasa a pronunciarse respecto de las mismas, de conformidad con lo establecido en los artículos 26 y 49 numeral 1 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con el artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en los siguientes términos:

INSTRUMENTALES
Que rielan del folio N° 02 al 500, ambas inclusive, del cuaderno de recaudos N° 1, del folio N° 02 al 346, ambas inclusive, del cuaderno de recaudos N° 02, del folio N° 02 al 193, ambos inclusive, del cuaderno de recaudos N° 03, del presente expediente, se ADMITEN quedando a salvo su apreciación o no en la sentencia del mérito. ASI SE ESTABLECE.

TESTIMONIALES
De los ciudadanos JOSE FELIX ACOSTA, LUIS ACOSTA RAMOS, MERCEDES CRISTINA ALVARADO MARTINEZ, RUTH ARIAS MALDONADO, LEONARDO BADELL, IVAN EDUARDO BEZARA GUERRERO, NESTOR BRACHO PERNIA, RAFAEL BUSTAMANTE, LUIS CABEZA ALMEIDA, DAVID ALEJANDRO CABEZA HERNANDEZ, PEDRO CASTILLO COLMENAREZ, PABLO AUGUSTO CEDEÑO MOSER, ALEJANDRO DE ARMAS, VICENZO DE NOIA, PEDRO DEBESS YAMURI, YENNY DEL RIO FERNANDEZ, MARIA CRISTINA ESPINASA, JORGE ESPINASA VENDRELL, MARIA ALEJANDRA ESPINOZA REQUENA, JAVIER FERNANDEZ RANDOLFO, MILAGROS DEL VALLE FERNANDEZ RENGEL, HERNAN FIGUEREDO COLMENARES, TITO FRAUTE DIAZ, RICARDO ESTEBAN FUENMAYOR DE LA TORRE, LUISA MARIA GARCES, GERMAN GARCIA, LUIS GASLONDE, RAFAELA MARIA GIANNI DE MONRROY, SUSANA ISABEL GOMEZ VARGAS, ERNESTO GONZALEZ ISEA, LUCIA IERMIERI LIBERA, MARIA CAROLINA KAMEL ESCALANTE, LIBIA LABRADOR, HERFRANK JOSE LOYO ZAMBRANO, JOSE GREGORIO LUGO MARTINEZ, MARIA TERESA LUNA APONTE, RAIMUNDO MADRID, LUIS MALAVE AMARISTA, ALVARO MATHEUS, ENRIQUE MONASTERIO, CESAR AUGUSTO MORAO JAIMES, JUAN CARLOS MORENO, MERY IRANI MORETTI LORETO, INGRID OJEDA FERNANDEZ, JOSE ANTONIO OLIVARES CASAL, MARIA PALMERO, OSCAR PELAEZ, LOURDES PEÑA SEVILLA, JULIO PEREZ PIÑANGO, JUAN REQUESENS, MANUEL RIBEIRO, ALBERTO JOSE SERRANO FERMIN, JORGE LUIS SERRANO FERMIN, CESAR UBAN, este Tribunal ADMITE los mismos y en consecuencia, deberán comparecer por ante este Juzgado, a los fines de rendir declaración como testigos, en la Audiencia de Juicio que será fijada por auto separado. ASI SE ESTABLECE.

INFORMES
En relación al requerimiento de Informes a Seguros Previsora, Mapfre La Seguridad, Seguros Caracas, Mercantil Seguros, Multinacional de Seguros, Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), señalados en el escrito de promoción de pruebas, este Tribunal la ADMITE en cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación o no en la sentencia definitiva, en consecuencia de conformidad con lo dispuesto en la norma del artículo 81 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena oficiar, a los fines que informen dentro de los diez (10°) días hábiles siguientes al recibo del oficio los particulares requeridos en el escrito de promoción de pruebas. ASI SE DECIDE.-
En este sentido, este Juzgador insta a la parte promovente a impulsar la obtención de las resultas de las pruebas de informes, por lo que se insta a que solicite dos (02) copias certificadas de los oficios así como del escrito de promoción de pruebas, para que se traslade a las sedes de los terceros y los ponga en conocimiento del requerimiento del Tribunas, debiendo solicitarle a las personas receptoras, el nombre, cargo y numero telefónico debiendo consignar esta información por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de este Circuito Laboral, todo esto con la finalidad de que la Secretaria del Tribunal realice todas las gestiones para que al momento de la celebración de la Audiencia de Juicio consten a los autos las resultas de las pruebas informes, todo esto con base al Principio de la Preclusión de los Actos, advirtiendo a la parte que el día fijado para la celebración de la Audiencia de Juicio, se llevara a cabo consten ó no las resultas. ASI SE ESTABLECE.
EL JUEZ

OSWALDO RAFAEL FARRERA CORDIDO
EL SECRETARIO

NELSON DELGADO