REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2005-002683
PARTE ACTORA: CARLOTA MARIA GARCIA DOMINGUEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: GENAIDA GONZALEZ MORILLO, MARLENE DE LOURDES HERNANDEZ CASARES
PARTE DEMANDADA: PETROLEO DE VENEZUELA, S.A. (P.D.V.S.A. PETROLEO, S.A.), INTEVEP, S.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: CARMEN DORELIA MARTINEZ MACHADO, MANUEL ALBERTO LEON
MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy veintitrés (23) de Enero de dos mil nueve (2009), siendo las 10:00 A.M., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio CARLOTA MARIA GARCIA DOMINGUEZ contra PETROLEO DE VENEZUELA, S.A. (P.D.V.S.A.), INTEVEP, S.A,se deja expresa constancia que solo comparecieron los ciudadanos CARMEN DORELIA MARTINEZ MACHADO, abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 69.144, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada PETROLEO DE VENEZUELA, S.A. (P.D.V.S.A.), MANUEL ALBERTO LEON, abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 19.355, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada INTEVEP, S.A. y se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 149° y 198 °.
El Juez
Abog. Diego Antonio Araujo Aguilar
Los Presentes
El Secretario
Abog. Israel Ortiz Quevedo