En el día de hoy, veintidós (22) de Enero del año dos mil nueve (2009), siendo las 9:00 de la mañana, se trasladó y constituyó la Juez Segundo de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas CELSA DIAZ VILLARROEL y su Secretario JESUS ALBERTO RAMOS, en compañía del Apoderado Judicial de la parte actora Doctor JOSE GASPAR COTTONI, inscrito en el Inpreabogado bajo el Número 22.422; en la siguiente dirección: Local industrial identificado con la letra sótano B-4, situado en la Mezzanina del sótano B del segundo bloque del Edificio Berlioz, ubicado en la Avenida San Martín, Parroquia La Vega, Caracas, Municipio Libertador del Distrito Capital; con la finalidad de practicar la medida de SECUESTRO decretada por el JUZGADO OCTAVO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS en el juicio que por RESOLUCION DE CONTRATO sigue EMPRESA BERLIOZ DAIRON, S. A. contra INVERSIONES BE-RAY. En este estado el Apoderado Judicial de la parte actora Doctor José Gaspar Cottoni, expone: Solicito al Tribunal se abstenga en este momento de practicar la medida de Secuestro que le ha sido encomendada, es todo. El Tribunal vista la solicitud de abstención formulada por la representación judicial de la parte actora, se abstiene en este acto de practicar la medida de Secuestro que le ha sido encomendada. El Tribunal deja expresa constancia que la práctica de la presente actuación no causó para este Juzgado ningún tipo de tasas, aranceles o pago alguno de conformidad con lo establecido en el Acuerdo de fecha 29 de Febrero de 2000, emanado de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial aún vigente. El Tribunal ordena expedir por Secretaría copia certificada de la presente acta y de la comisión íntegra, a los fines de que la misma sea archivada en el copiador que a tal efecto lleva este Despacho. El Tribunal, siendo las 10:00 de la mañana, da por terminada la presente actuación y ordena el regreso a su sede. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman;
LA JUEZ,

CELSA DIAZ VILLARROEL.
EL APODERADO ACTOR,



EL SECRETARIO,

JESUS ALBERTO RAMOS.