DECISIÓN: Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, “Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley”, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Declara con lugar la solicitud formulada por la Abg. SOLANGEL BORJAS RUDAS, Defensora Pública Segunda de la Sección de Adolescentes del estado Yaracuy, y en consecuencia, DECRETA LA CESACIÓN DE LA MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA, impuesta al Joven Adulto (IDENTIDAD OMITIDA), en este asunto por la comisión del delito de ROBO SIMPLE, previsto en el artículo 455 del Código Penal vigente para la fecha de comisión del hecho punible, perpetrado en agravio de las ciudadanas LISBETH DEL VALLE CONDE ARIAS Y YANNELYS ARIAS MARTINEZ, atendiendo a lo preceptuado en el artículo 645 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; y SEGUNDO: DEJA SIN EFECTO la audiencia para verificación de cumplimiento de sanción fijada en esta causa y la orden de supervisión, asistencia y orientación de medida encomendada a los integrantes del Equipo Técnico adscrito a esta Sección y Circuito. Líbrese oficio.
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