REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO YARACUY
TRIBUNAL DE EJECUCIÓN
SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE

San Felipe, 5 de Febrero de 2009
198° y 149°

ASUNTO PRINCIPAL : UP01-D-2003-000137
ASUNTO : UP01-D-2003-000137

JUEZ: Abg. ZULY REBECA SUÁREZ GARCÍA.
FISCAL 9° DEL MINISTERIO PÚBLICO: Abg. ÁNGELA GIL VIVAS. DEFENSA PÚBLICA 1°: Abg. ROBERTH BRIZUELA.
JOVENES SANCIONADOS: (Identidad Omitida).
VÍCTIMA: SONIA MARGARITA GUERRERO URBINA.
DELITO: ROBO AGRAVADO.

Vistas las actuaciones que integran la presente causa, en la que figuran como sancionados los jóvenes adultos (Identidad Omitida), por el delito de ROBO AGRAVADO, en perjuicio de la ciudadana SONIA MARGARITA GUERRERO URBINA; en uso de las atribuciones conferidas de acuerdo a lo pautado en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y a los fines de ejercer un mejor control y vigilancia de la medida de la MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA por el tiempo de UN (1) AÑO Y CINCO (5) MESES, que le impuso el Tribunal de Control N° 1 de esta Sección de Adolescentes; procede este Despacho a practicar el cómputo de los días que los prenombrados jóvenes han cumplido la referida medida, de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la Ley rectora de esta competencia especial, concluyéndose lo siguiente: a) El sancionado (Identidad Omitida), ha dado cumplimiento a la medida de Libertad Asistida desde el día 28/04/06 al 28/02/07, lo cual suma DIEZ (10) MESES, y desde el día 05/12/08 a la presente fecha; lo cual suma DOS (2) MESES, dando cumplimiento a UN (1) AÑO, que restados al tiempo de UN (1) AÑO Y CINCO (5) MESES, permiten concluir que a la presente fecha, falta cumplir un total de CINCO (5) MESES, que se extinguirán en fecha 05/07/09 a las 12:00 p.m.; y b) El joven (Identidad Omitida) se estableció que ha dado cumplimiento a la medida de Libertad Asistida desde el día 26/04/06 al 30/08/06 y 16/05/07 al 09/10/07, lo cual suma OCHO (8) MESES y VEINTISIETE (27) DÍAS, y desde el día 05/12/08 a la presente fecha; lo cual suma DOS (2) MESES, dando cumplimiento a DIEZ (10) MESES Y VEINTISIETE (27) DÍAS, que restados al tiempo de UN (1) AÑO Y CINCO (5) MESES, permiten concluir que a la presente fecha, falta cumplir un total de SEIS (6) MESES Y TRES (3) DÍAS, que se extinguirán en fecha 08/08/09 a las 12:00 p.m., tal como consta en los informes de seguimiento que rielan 241 al 245, y 254 al 257 del dossier, suscritos por la Lic. LISSETTE GONZÁLEZ SIFONTES, Trabajadora Social del anotado ente multidisciplinario. Notifíquese a las partes y ofíciese al Equipo Técnico. Regístrese. Diarícese. Cúmplase.

La Juez,


ABG. ZULY REBECA SUÁREZ GARCÍA

La Secretaria,


ABG. DIOSA RIVAS













Abgds. ZRSG/dr