REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO

Ciento sesenta y dos (162)
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIA, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

San Felipe, seis (06) de febrero de dos mil nueve
198º y 149º
ASUNTO: UP11-L-2008-000451
Vista la diligencia que antecede, suscrita por la Abogada en ejercicio BEATRIZ DE BENITEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.376.623 e inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 30.898, actuando en su condición de Apoderada Judicial de la parte actora, por una parte, y por la otra el Abogado en ejercicio: LUCAS HILDEBERTO CALDERON BECERRA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 7.916.301 e inscrito en el Inpreabogado Nº 65.581, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandada, quienes conjuntamente solicitaron del Tribunal la reprogramación de la Audiencia Preliminar que estaba fijada para el díada hoy viernes seis (06) de febrero de dos mil nueve. En consecuencia, éste Tribunal en aras de cumplir con la finalidad de la primera fase del proceso laboral, la cual es la Mediación y Conciliación, acuerda Reprogramar esta Audiencia Preliminar para el día VIERNES VEINTE (20) DE FEBRERO DE 2009 a las ONCE DE LA MAÑANA (11:00 AM), no se notifica a las partes por cuanto se encuentran a derecho de conformidad con el articulo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.


La Juez,



Abg. ARLEC VERONICA LUCENA HERNÁNDEZ.


La Secretaria,



Abg. NORAYDEE REVEROL VEROES


AVLH/NRV/dilciasosa