REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
SAN FELIPE, 16 DE JULIO DE 2009.
AÑOS: 199° y 150°
Vista las apelaciones interpuesta por las partes, abogado HECTOR ESCALONA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 94.815, apoderado judicial de parte demandante, y el ciudadano ANDRES BENJAMIN MONSERRAT, asistido por el abogado MOISES MANUEL FERRER, inscrito en el inpreabogado bajo el N°115.496, como tercero; en el presente de juicio de QUERELLA INTERDICTAL POR DESPOJO, seguido por GARCIA GARFARO IVES IYERLIN contra MONTERO OMAR y WILMER ENRIQUE RODRIGUEZ MILLA en contra del auto dictado por este Tribunal en fecha 16 de Marzo de 2009, que corre inserta al folio (2) de la segunda pieza del expediente: El Tribunal hace la siguiente consideración:
“En virtud de la naturaleza de la presente causa de QUERELLA INTERDICTAL POR DESPOJO, y a los efectos de garantizar el debido proceso y dar una mayor ilustración al tribunal de Alzada”; se acuerda oír dicha apelación libremente, conformidad con lo establecido en el Articulo 291 del Código de Procedimiento Civil. Remítase el expediente al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Protección del Niño y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. Así mismo el Tribunal no se pronunciara con respecto a la medida hasta tanto no conste en el expediente la resultas de la apelación. Líbrese oficio.
El Juez,
Abg. Eduardo José Chirinos.
La Secretaria,
Abg. Linette Vetri Meleán.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se libró oficio N° 548.
La Secretaria,
EJCH/cs.
Exp. 13.841