REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución de San Felipe
San Felipe, 27 de Julio de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2006-003303
ASUNTO : UJ01-X-2007-000015




Visto el escrito suscrito por el ciudadano ROBERT RAMON HERRERA JARAMILLO , En su condición de fiscal auxiliar décimo primero del ministerio publico de ejecución de sentencia y proteccion de derechos fundamentales en la cual so0licita la revocatoria del beneficio de REGIMEN ABIERTO al penado MELENDEZ LUGO PEDRO DANIEL titular de la cedula de identidad N-29.697.428 Y EN la cual informa a este tribunal LA AUSENCIA DEL PENADO EN EL CENTRO DE TRATAMIENTO COMUNITARIO DR EDUARDO HERRERA., violando el reglamento que rige los centros de tratamiento comunitario evasión que quedo evidenciada al momento del pase de numero reglamentario es por lo que este tribunal de Ejecución Nº 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, REVOCA EL BENEFICIO DE REGIMEN ABIERTO al penado MELENDEZ LUGO PEDRO DANIEL titular de la cedula de identidad NV-29.697.428 quien deberá ser trasladado al Internado Judicial de esta Ciudad, donde quedara recluido a las ordenes de este tribunal Remítase copia del presente auto al internado Judicial Yaracuy a la dirección centro de tratamiento comunitario DR EDUARDO HERRERA y al internado judicial de Estado Yaracuy líbrese los oficios correspondientes a la guardia nacional y demás cuerpos de seguridad notifíquese a la Defensora Pública quinta y al Fiscalia del ministerio publico Cúmplase

EL Juez de Ejecución Nº 2 LA SECRETARIA
Abg. LUIS VALDIVIESO R