REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Tribunal SEGUNDO de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Yaracuy
San Felipe, 01 de julio de 2009
199º y 150º

ASUNTO: UP11-L-2007-000021

Visto que la Audiencia Conciliatoria en el presente asunto UP11-L-2007-000021, estaba prevista para el día de hoy Miércoles (01) de julio del corriente año, a las once de la mañana, según auto de fecha: 16-06-2009, inserto al folio (13), y debido asuntos propios del Tribunal que imposibilitan a la ciudadana Juez del Despacho, presidir dicha audiencia, en consecuencia éste Tribunal en aras de cumplir con la finalidad de la primera fase del proceso laboral, la cual es la Mediación y Conciliación, acuerda de oficio reprogramar la: Audiencia Conciliatoria y la fija para el día: JUEVES (16) DE JULIO DE 2009, a las DOCE DEL DIA (12:00 M.). No se ordena notificar a las partes, por cuanto las mismas se encuentran a derecho de conformidad con el Artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
LA JUEZ,



Abg. ARLEC VERONICA LUCENA HERNÁNDEZ.




El Secretario,




Abg. JEAN CARLOS TERAN A.







ASUNTO: UP11-L-2007-000021.-
AVLH/JCTA/zaidahernández
Hora de Emisión: 10:26 AM
Número de Boleta: