REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO
SETENTA Y CUATRO (74)
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, Primero (01) de Julio de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: UP11-L-2008-000311
Por cuanto para el día de hoy, miércoles Primero (01) de Julio de dos mil nueve, a las diez de la mañana (10:00 A.M.), esta fijada la celebración de la Audiencia Preliminar Diferida y por asuntos propios del Tribunal que imposibilitan a la ciudadana Juez presidir dicho acto. En consecuencia, quien Juzga considera que en aras de cumplir con la finalidad de la primera fase del proceso laboral, la cual es la Mediación y Conciliación, acuerda DIFERIR la Audiencia Preliminar, y a tal efecto se fija para el día LUNES VEINTE (20) DE JULIO DE 2009 a las ONCE DE LA MAÑANA (11:00 AM). No se notifica a las partes por cuanto se encuentran a derecho de conformidad con el artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
La Juez,
Abg. ARLEC VERÓNICA LUCENA HERNÁNDEZ
El Secretario Accidental,
Abg. JEAN CARLOS TERAN
AVLH/JCTgp