REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUSNCRIPION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, dos (02) de Julio de dos mil nueve
199º y 150º
Fijada como se encuentra la Celebración de la Audiencia Preliminar Diferida en la presente causa, para el día de hoy jueves (02) de julio de 2009, a las once (11:00 am), según auto de fecha (15) de Junio de 2009, cursante al folio (95) de este expediente y por asuntos propios del Tribunal, que imposibilitan a la ciudadana Juez presidir dicho acto. A tal efecto, quien sentencia acuerda DIFERIR la celebración de dicha AUDIENCIA PRELIMINAR DIFERIDA y se fija para el día: LUNES VEINTE (20) DE JULIO DE DOS MIL NUEVE, A LAS NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 AM). No se ordena notificar a las partes por cuanto se encuentran a derecho, de conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
La Juez,
Abg. ARLEC VERÓNICA LUCENA HERNÁNDEZ.
El Secretario,
Abg. JEAN CARLOS TERAN.
ASUNTO N° UP11-L-2007-000586-Oswaldoliscano.