REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO
VEINTE (20)
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, tres (03) de julio de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: UP11-L-2008-000362
Visto que la Audiencia Preliminar en el presente asunto esta prevista para el día de hoy, viernes tres (03) de julio de 2009, a las diez de la mañana (10:00 a.m.). y debido a que la celebración de dicha Audiencia Preliminar diferida ; coincide con la celebración de la Audiencia Preliminar de la causa Nº UP11-L-2009-000177. En consecuencia éste Tribunal en aras de cumplir con la finalidad de la primera fase del proceso laboral, la cual es la Mediación y Conciliación, acuerda DIFERIR de oficio la Audiencia Preliminar para el día MIERCOLES QUINCE (15) DE JULIO DE 2009, A LAS DOCE MERIDIAN (12:00 M). No se ordena notificar a las partes por cuanto las mismas están a derecho de conformidad con lo previsto en el Articulo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
La Juez,
Abg. ARLEC VERONICA LUCENA HERNÁNDEZ.
El Secretario,
Abg. JEAN CARLOS TERAN
gaudysperalta