REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO
CUARENTA Y DOS (42)
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, Tres (03) de julio de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: UP11-L-2009-000079
Visto que para el día de hoy, A LAS NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 A.M.), se encuentra prevista la celebración de la Audiencia Preliminar Reprogramada en la presente causa y vista la diligencia que antecede suscrita por los Abogados GILBERTO CORONA y DAVID CRESPO por la parte demandada y JESUS DELGADO por la parte demandante, el Tribunal, en aras de cumplir con la finalidad de la primera fase del proceso laboral, la cual es la Mediación y Conciliación, acuerda lo solicitado, en consecuencia ordena Reprogramar la Audiencia Preliminar reprogramada para el día MIERCOLES VEINTIDOS (22) DE JULIO DE 2009, A LAS ONCE DE LA MAÑANA (11:00 AM), sin necesidad de notificación de las partes, las cuales se encuentran a derecho conforme a lo establecido en el artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
La Juez,
Abg. ARLEC VERÓNICA LUCENA HERNÁNDEZ
El Secretario,
Abg. JEAN CARLOS TERAN
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