REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, trece (13) de julio de dos mil nueve (2009)
199º y 150º

ASUNTO: AP21-L-2008-004297

Visto el escrito de pruebas (folios 108–111 inclusive), presentado por los abogados Agustín Gómez M. y María A. González C., en sus condiciones de apoderados judiciales (folios 14–47 inclusive) de los coaccionantes, este Tribunal a los fines de providenciar lo conducente, lo hace sobre la base de las siguientes consideraciones:

PRIMERO: Respecto a las Instrumentales reseñadas en el Capítulo «I», se deja constancia que componen los folios 112–156 inclusive, las cuales se admiten salvo su apreciación en la sentencia de mérito.-

SEGUNDO: En lo correspondiente al Requerimiento de Informes del Capítulo «II», se observa que el promovente cuenta con otros medios idóneos para traer a los autos lo que pretende con tales probanzas, como lo serían las instrumentales, en este caso solicitando las copias simples o certificadas correspondientes al Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social, razón por la que se niega la admisibilidad de dichas pruebas. Por lo demás, trata de actos normativos conocidos por el Juez.

TERCERO: En pronunciamiento a la Exhibición del Capítulo «III», el Tribunal ordena a la accionada presentar, en la oportunidad señalada para que tenga lugar la audiencia de juicio, el original del instrumento cursantes a los folios 128–130 inclusive.

Por último, se hace saber a las partes que deberán comparecer a la audiencia de juicio tanto los demandantes como los órganos directivos y gerenciales de la accionada tercería que tengan conocimiento preciso sobre lo demandado, quienes se consideran juramentadas conforme al artículo 103 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, para contestar al Juez de Juicio las preguntas que éste tenga a bien formularles.

El Juez de Juicio,
CARLOS J. PINO A.
La Secretaria,
OLGA DÍAZ LÓPEZ.

CJPA/Ifill.-