ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2009-002530
PARTE ACTORA: MARIA IRENE CASTRO
PARTE DEMANDADA: CORPORACION TELEMIC CA (INTERCABLE-INTER)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: LIGIA GARAVITO
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, 17 de julio de 2009 día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de a Audiencia Preliminar, compareció a la misma la abogada LIGIA GARAVITO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.- 80.533, en su carácter de apoderada judicial de las empresas LD TELECOM COMUNICACIONES, C.A. y CORPORACIÓN TELEMIC, C.A..Se deja expresa constancia que la parte actora, ciudadana MARÍA IRENE CASTRO, no compareció a la prolongación de la Audiencia Preliminar, ni por sí ni por intermedio de apoderado judicial alguno; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se condena en costas a la parte actora. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 150 ° y 199 °.

LA JUEZ

EL SECRETARIO
NEREIDA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ

OSCAR ROJAS

Nota: En la misma fecha se dictó publicó y diarizó la presente decisión.


EL SECRETARIO

OSCAR ROJAS