ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2003-000398
ASUNTO : UP01-P-2003-000398

Recibido escrito suscrito por la Defensora Pública Tercera Penitenciaria del Estado Yaracuy donde solicita que se actualice cómputos de la pena del penado JOEL EDUARDO VIDOVIC GONZÁLEZ titular de la cédula de identidad N° 18.534.378, este Tribunal lo hace de la siguiente manera:
PRIMERO: El penado fue condenado a cumplir la pena QUINCE (15) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito HOMICIDIO CALIFICADO.
SEGUNDO: Consta en autos que el penado fue detenido la primera vez el día 22/05/2003 hasta el día 08/07/2003 por un tiempo de UN (1) MES DIECISEIS (16) DIAS, la segunda detención es desde el día 11/11/2003 hasta la presente fecha (01/06/2009) por un tiempo de CINCO (5) AÑOS SEIS (6) MESES Y VEINTE (20) DIAS por lo que tiene detenido un total de CINCO (5) AÑOS OCHO (8) MESES Y SEIS (6) DIAS.
TERCERO: Según las constancias anexas en el Acta de Redención, el penado JOEL EDUARDO VIDOVIC GONZÁLEZ, laboró desde el día 02/03/2004 al 27/11/2005, lapso este que dieron origen a una redención de la pena de UN (1) AÑO OCHO (8) MESES VEINTE Y CUATRO (24) DIAS, por lo que el único lapso por el cual se le redime la pena es el comprendido desde que reducidos a la mitad da un total de DIEZ (10) MESES DOCE (12) DIAS, según la conversión indicada en el Artículo 3 antes mencionado, que sumado al tiempo que lleva detenido de CINCO (5) AÑOS OCHO (8) MESES Y SEIS (6) DIAS, da un total de tiempo de detención de SEIS (6) AÑOS SEIS (6) MESES Y DIECIOCHO (18) DIAS.
CUARTO: Faltándole por cumplir de la pena impuesta OCHO (8) AÑOS, CINCO (5) MESES Y DOCE (12) DIAS, que vencen el día 13 DE NOVIEMBRE DEL 2017.
QUINTO: Puede optar a las fórmulas alternativas de cumplimiento de la pena: DESTACAMENTO DE TRABAJO: extinguido beneficio negado por informe psico-social desfavorable; REGIMEN ABIERTO: Extinguido beneficio negado por informe psico-social desfavorable; LIBERTAD CONDICIONAL: a partir del día 13/11/2012 Y CONFINAMIENTO: a partir del día 13/02/2014.
Queda así actualizado el cómputo de pena del penado JOEL EDUARDO VIDOVIC GONZÁLEZ titular de la cédula de identidad N° 18.534.378. Remítase copia certificada del presente auto al penado (recluido en la Comandancia de Policía del Estado Yaracuy, al Director del Internado Judicial de ésta ciudad y notifíquese la presente resolución al Fiscal Undécimo del Ministerio Público del Estado Yaracuy y a la Defensa Pública del Estado Yaracuy. Cúmplase.


Abg. Jenny Andaluz Affigne
Jueza de Ejecución N° 1
Abg. María Giménez
Secretaria