REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del estado Yaracuy
Tribunal de Ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente

San Felipe, 11 de Junio de 2009
199º y 150º


ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2007-001462
ASUNTO : UP01-P-2007-001462


Vistas las actuaciones que integran la presente causa, en la que figura como sancionado el joven (IDENTIDAD OMITIDA), en virtud de haber sido hallado responsable de la comisión del delito de Aprovechamiento de Vehículo Automotor, proveniente del Hurto o Robo, previsto en el artículo 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio de los ciudadanos FRANKLIN RUBÉN SUÁREZ y JUAN CARLOS GUTIERREZ RANGEL, imponiéndole simultáneamente, las medidas de REGLAS DE CONDUCTA y LIBERTAD ASISTIDA, por el lapso de DOS (2) AÑOS; en uso de las atribuciones conferidas de acuerdo a lo pautado en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y a los fines de ejercer un mejor control y vigilancia de las medidas antes aludidas, procede este Despacho a practicar cómputo de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la Ley rectora de esta competencia especial, concluyéndose los siguiente:

El sancionado (IDENTIDAD OMITIDA) ha acatado las medidas de REGLAS DE CONDUCTA y LIBERTAD ASISTIDA desde el día 11/06/08 hasta el día 29/09/08 (fecha de interrupción), y desde el día 19/11/08 al 02/06/09, tal como consta en el informe de seguimiento fechado el día 28/05/09, cursante a los folios 40 al 42 del dossier, dando cumplimiento a DIEZ (10) MESES Y UN (1) DÍA de sanción, y por tanto, le resta cumplir del total de tiempo impuesto de DOS (2) AÑOS, la cantidad de UN (1) AÑO, UN (1) MES Y VEINTINUEVE (29) DÍAS, que se extinguen en fecha 01/08/10 a las 12:00 p.m. Regístrese. Diarícese. Notifíquese. Cúmplase.



La Juez,


ABG. ZULY REBECA SUÁREZ GARCÍA

La Secretaria,


ABG. CLARA MARIBEL SERRANO




































Abgds. ZRSG/cms