REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 26 de junio de 2009
199º y 150º
Asunto: UH05-S-2000-000017
SOLICITANTE: Ciudadana BERTHA ARROYO DE OROZCO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Número 4.412.952.
ABOGADO ASISTENTE: Abg. MAGALY GARCÍA MÁQUEZ, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 55.821.
BENEFICIARIOS: El Adolescente identidad omitida según articulo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
MOTIVO: AUTORIZACIÓN COBRO DE BENEFICIOS
En fecha 24 de agosto de 2008, se recibió solicitud y demás recaudos anexos, relativos a la Consignación de Cheques y solicitud de COBRO DE BENEFICIOS, interpuesta por la ciudadana BERTHA ARROYO DE OROZCO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Número 4.412.952, a favor del adolescente El Adolescente identidad omitida según articulo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En fecha 08 de junio de 2009, quien Juzga se aboca al conocimiento de la presente causa.
Revisada como ha sido el presente asunto, se evidencia que la misma no fue admitida en su debida oportunidad, se acuerda admitir la presente solicitud, cuanto ha lugar en derecho por no ser contrario al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa en la Ley.
Después de revisadas las actuaciones y elementos que conforman a la presente causa considera quien juzga, se cumplen los requisitos de Ley, en consecuencia, este Tribunal Segundo de primera Instancia de Mediación y Sustanciación del régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA: conceder AUTORIZACION JUDICIAL a la ciudadana BERTHA ARROYO DE OROZCO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Número 4.412.952, para que proceda a cobrar los beneficios que les corresponda al adolescente El Adolescente identidad omitida según articulo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de 12 años de edad, nacido en fecha 22 de septiembre de 1996, por ante EL INSTITUTO AUTÓNOMO DE LA POLICÍA DEL ESTADO YARACUY, (IAPEY), por concepto de Prestaciones Sociales, Seguro de Vida, así como, de cualquier otro beneficio que exista a favor del mencionado adolescente, en virtud del fallecimiento de su padre, el ciudadano GIL JOSÉ RAFAEL, quien era titular de la cédula de identidad Nº 5.098.597 y quien laboraba en el referido organismo.
Tráigase a los autos, CHEQUE a nombre de este Tribunal, por la suma de dinero que le pueda corresponder al adolescente de autos, a los fines de abrir una cuenta de ahorros en una entidad bancaria de la localidad. Expídase por Secretaría copias certificadas de la presente autorización para que surta sus efectos legales.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en Tribunal Segundo Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. En San Felipe, a los veintiséis (26) días del mes de junio de Dos Mil Nueve (2009). Años: 199º de la Independencia y 150º de la Federación.
La Jueza,
Abg. Belkis Morales de Rodríguez
La Secretaria,
Abg. Katiuska Pérez Ojeda
En la misma fecha se publicó y registró la anterior sentencia siendo las 12:23 p.m. y se cumplió con lo ordenado.
La Secretaria,
Abg. Katiuska Pérez Ojeda
Asunto: UH05-S-2000-000017
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