REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución de San Felipe
San Felipe, 4 de Febrero de 2009
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2008-001248
ASUNTO : UP01-P-2008-001248
En vista, de que en fecha 11 de noviembre de 2008, se le ejecuto sentencia al penado de auto ROBERTH DAVID ROJAS LOYO ,titular de la cedula de identidad NV- 17.149.540. y en la cual se fijo audiencia para el día 23 de Enerote 2009, en la cual se verificaría la existencia en el expediente de los requisitos indispensables para el otorgamiento del beneficio de suspensión condicional de la ejecución de la pena ., y habiéndose constatado en el asunto que no consta que el penado haya asistido ala unidad técnica de apoyo al sistema penitenciario del Estado Yaracuy a los fines de que se le practique el informe PSICO-SOCIAL ,para poder acordar la suspensión condicional de la ejecución de la pena., es por lo que este tribunal acuerda el diferimiento de dicha audiencia hasta tanto conste dicho informe., así mismo se ordena ratificar el oficio a la referida unidad, a fin de que se practique el aludido informe
LUIS VALDIVIESO LA SECRETARIA
JUEZ DE EJECUCION 2
El Juez
El Secretario
Abog. Luis Jose Valdivieso Rodriguez