REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy
San Felipe, 27 de Marzo de 2009.
198° y 150°
Nº DE EXPEDIENTE UP11-L -2008-000091
PARTE DEMANDANTE JOEL EDUARDO SÁNCHEZ MONTILLA, YOLIMAR GISETH RIVAS GALLARDO, BELKIS CASTILLO REA, FRANCIS EVELIN SILVA VERGARA Y NIURKA MAGALYS ARAUJO DE ARIAS
APODERADA GLADYS CAMACHO LOPEZ.
I.P.S.A Nº 61.504.-
PARTE DEMANDADA FONDO DE DESARROLLO AGROPECUARIO, PESQUERO, FORESTAL y AFINES (FONDAFA) representado por su Presidente, Ciudadano ALI FRANCISCO PEÑA RUIZ
MOTIVO COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
De la revisión de las actas que conforman el presente expediente se puede constatar que a los folios ciento setenta y cinco al ciento ochenta y cinco de autos, aparece consignado acuerdo de pago consignado por ante esta Instancia de este Circuito Laboral; en el cual las partes convienen y pagan, a los fines de ponerle fin a la presente causa por la suma total de CUARENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS VEINTSEIS BOLIVARES CON TREINTA Y CINCO CENTIMOS (Bs.47.326,35) y por cuanto AMBAS PARTES solicitan del Tribunal se sirva homologar el pago realizado, de por terminado el juicio y ordene el archivo del expediente. El ciudadano juez, en vista de que las partes pusieron fin a la controversia planteada mediante convenio de pago y por cuanto el acuerdo es producto de la voluntad libre, consciente y voluntaria expresada por las partes y el acuerdo alcanzado no es contraria a derecho y no vulnera los derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden publico y se adaptan a los criterios jurisprudenciales establecidos por la Sala Constitucional en decisión de fecha 23 de Mayo del 2000 y por ultimo tomándose en cuenta que los acuerdos de las partes han sido la conclusión de un proceso de mediación y conciliación dirigidos por este Tribunal, de conformidad con el articulo 6 en concordancia con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; este Tribunal DECIDE: PRIMERO: EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY; SE IMPARTE LA HOMOLOGACIÒN A LA TRANSACCIÒN ALCANZADA POR LAS PARTES, EN LOS MISMOS TERMINOS EN QUE FUE CONCEBIDA; Dándosele el carácter de COSA JUZGADA. SEGUNDO: Se da por terminado el presente proceso y se ordena que se archive el expediente PUBLIQUESE; REGISTRESE Y DEJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISIÒN.
Se hacen dos (02) ejemplares de un mismo tenor y efecto. Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy siendo las 03:30 p.m. del día 27 de Marzo de 2009.-
DIOS Y FEDERACIÓN
El Juez Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.
Abg. DANIEL ROMÁN CONTRERAS
La Secretaria
Abgda. ZORAN GARCIA DIAZ
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