REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio Nº 10
Nueve de marzo de dos mil nueve
198º y 150º
ASUNTO: AP51S2008009441

Vista la solicitud de AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA TRAMITAR PASAPORTE, presentada por la ciudadana CLAUDIA ISABEL MANTELLINI BRACHO, venezolana, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad Nº V-6.913.584, actuando en representación su hijo. Y por cuanto es un derecho que tiene el mismo, a obtener los documentos públicos que comprueben su identidad, de acuerdo a lo establecido en el artículo 22 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en consecuencia, esta Juez Unipersonal Nº X de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, concede AUTORIZACIÓN JUDICIAL SUFICIENTE a fin de que la ciudadana CLAUDIA ISABEL MANTELLINI BRACHO, previamente identificada, TRAMITE ante la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería (ONIDEX), el pasaporte de su hijo, en el entendido que la expedición del pasaporte no significa que el mencionado niño este autorizado para salir del territorio nacional.
LA JUEZ


ABG. MAIRIM RUIZ RAMOS
EL SECRETARIO

ABG. PEDRO DUQUE