REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y PROTECCIÓN DEL NIÑO DEL ADOLESCENTE

Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito
de la Circunscripción Judicial
del Estado Yaracuy

San Felipe, 4 de mayo de 2009
Años: 199º y 150º


Vista la diligencia de fecha 13 de abril de 2009, suscrita por el abogado Héctor Escalona inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 98.415, donde solicita se remita el expediente a los efectos de que sea oída la apelación en un solo efecto y no en ambos como fue admitida, este tribunal niega lo solicitado, en virtud de las consideraciones siguientes:
Primero: Se constata de las actas procesales que al momento de interponer el recurso el recurrente le solicitó al tribunal que se admitiera en ambos efectos, sin que haya habido ante esta solicitud oposición alguna por parte del aquí solicitante.
Segundo: Tampoco consta en el expediente que el diligenciante haya ejercido recurso alguno ante el presunto gravamen que dice haberle ocasionado el se haya oído la apelación en ambos efectos.
Tercero: finalmente debe advertir este tribunal de alzada que una vez que las causas suben a esta instancia el conocimiento de la misma se limita al objeto del recurso, no pudiendo resolver, en principio, asuntos ajenos al mismo. Así lo establece nuestro sistema del doble grado de jurisdicción regido por el principio de la personalidad del recurso de apelación, según el cual, el juez superior sólo puede conocer de aquellas cuestiones que le sean sometidas por las partes mediante la apelación (remo judex sine actore) y en la medida del agravio sufrido en la sentencia de primer grado (tantum devolutum quantum appellatum).

La Juez,

Abg. Thaís Elena Font Acuña
El Secretario,

Abg. Juan Carlos López Blanco