Republica Bolivariana De Venezuela




Juzgado Primero De Primera Instancia En Lo Civil, Mercantil Y Transito De La Circunscripción Judicial Del Estado Yaracuy
Años: 199° Y 150°
EXPEDIENTE: 13.965
SOLICITANTE: LISANDRO JOSE VILLEGAS ARTEAGA, Venezolano, mayor de edad, soltero, de este domicilio, Asistido por la Abg. JOSE REINALDO TORRES, Inpreabogado No. 41.243.



MOTIVO: INSERCION DE PARTIDA DE ACTA DE NACIMIENTO

I
Se inicia el presente procedimiento mediante solicitud suscrita y presentada por LISANDRO JOSE VILLEGAS ARTEAGA, Venezolano, mayor de edad, soltero, de este domicilio, Asistido por la Abg. JOSE REINALDO TORRES, Inpreabogado No. 41.243; En la misma solicitó su INSERCION DEL ACTA DE SU NACIMIENTO; alegando que nació en fecha 24 de Abril de 1985, en el Caserío San Jerónimo, Municipio Nirgua, del Estado Yaracuy; siendo sus padres: JUAN FERNANDO VILLEGAS Y MARIA ORTENCIA ARTEAGA y que la misma no fue inserta en los libros de Registro Civil para Nacimientos correspondientes al año 1985.
A los fines de probar sus alegatos el solicitante consignó los siguientes recaudos: constancia de Certificación de la búsqueda minuciosa en los libros de registro Civil de Nacimientos, llevados por ante la Coordinación de Registro Civil del Municipio Nirgua, Estado Yaracuy y por ante el Registro Civil del Estado Yaracuy, donde se constató que no fue inserta la partida de nacimiento del solicitante, en los años 1985 al 1990.
Admitida la solicitud en fecha 06 de Junio de 2008, ordenando el emplazamiento por Edicto, a todas aquellas personas que pudieran tener interés directo y manifiesto en el asunto, para el Acto de Oposición a la solicitud. De igual forma, se ordenó la notificación al Fiscal Séptimo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, el cual fue consignado por el Alguacil en fecha 13 de Junio de 2008.
En fecha 12 de Junio de 2009, el solicitante asistido de abogado estampó diligencia, donde consignó Edicto publicado en el diario “Yaracuy al Día”, cursante a los folios 09,10 y 11; el cual fue desglosado y agregado a sus autos dicho Edicto por este Tribunal en esa misma fecha.
Al folio doce (12) el Tribunal dictó auto acordando abrir la presente solicitud a pruebas de conformidad con el Artículo 771 del Código de Procedimiento Civil.
En fecha 12 de Febrero de 2009, el solicitante asistido de su Abogado consignó escrito de pruebas, donde reproduce el mérito que le es favorable de los documentos que corren insertos en los folios 2 y 3.- Así mismo solicitó que sean evacuados en la oportunidad legal, las testimoniales de las ciudadanas ALFIDIA JOSEFINA SIVIRA Y NELLYS BERSARIE ORTEGA RIVERO; el cual el Tribunal dictó auto, donde admite las Pruebas presentadas por el solicitante, comisionándose al Juzgado de Municipio Nirgua, a fin de que rindan sus declaraciones por ante ese Juzgado, librándose despacho y oficio No. 116.
Del folio 16 al 22, cursa comisión de evacuación de Testigos, recibida del Juzgado del Municipio Nirgua, el cual la regresan en su mismo estado, por no haber sido impulsada por la parte interesada.

II
LLEGADO EL MOMENTO PARA DECIDIR EN LA PRESENTE CAUSA, EL TRIBUNAL PASA A HACERLO EN LA FORMA SIGUIENTE:

El Tribunal valora de conformidad con lo establecido en el Artículo 458 del Código Civil, la documentación anexa al escrito libelar, cursante las mismas a los folios del 02 al 03, la cual concatenada con los hechos alegados en la solicitud, son suficientes a juicio de este Juzgador para la declaratoria CON LUGAR de la presente solicitud de INSERCIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO y así se decide. Igualmente en virtud de que en la presente causa NO SE PRESENTARON TERCEROS AFECTADOS en la oportunidad concedida en la presente solicitud.


III
DECISION
Por las razones antes expuestas este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy; administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de INSERCION DE ACTA DE NACIMIENTO del ciudadano LISANDRO JOSE VILLEGAS ARTEAGA. Y DECRETA LA INSERCIÓN DE LA MISMA en los Libros de Nacimientos, llevados por ante la Coordinación de Registro Civil del Municipio Bolivariano Nirgua, Estado Yaracuy, dejando constancia que el ciudadano LISANDRO JOSE VILLEGAS ARTEAGA, nació en fecha 24 de Abril de 1985, en el Municipio Nirgua, Estado Yaracuy; siendo sus padres: JUAN FERNANDO VILLEGAS Y MARIA ORTENCIA ARTEAGA; Y no se Oficiará dicha Coordinación, hasta tanto que el solicitante consigne lo conducente para proveer las copias de la presente sentencia, a los fines de la inserción respectiva.

PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y transito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. En San Felipe a los Once (11) días del mes de Mayo de 2009. Años: 199° y 150°

El Juez,

Abg. EDUARDO JOSE CHIRINOS CHAVIEL.
La Secretaria Acc.,


Abg. DAYANA CORDERO LEAL.
En esta misma fecha y siendo las 11:00 a.m. se publicó, registró la anterior decisión. La Secretaria Acc.,