REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, COCOROTE, INDEPENDENCIA Y VEROES
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, COCOROTE, INDEPENDENCIA Y VEROES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, Diecinueve (19) de Mayo de Dos Mil Nueve (2009).
Años: 199º y 150°
Vista la solicitud formulada al final del escrito que encabeza estas actuaciones y las declaraciones de los testigos jurados, ciudadanos LUIS RAMON ASUAJE SALCEDO y JINMY ANTONIA SANCHEZ HERNANDEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.861.361 y V-7.906.080, respectivamente, este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de los ciudadanos CRISTIAN JOSÉ PARRA FERNANDEZ y EURISEL DE LA CARIDAD TORREALBA FUENTES, solteros, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-11.278.665 y V-12.082.714, sobre unas bienhechurías que los solicitantes dicen haber construido en un lote de terreno propiedad del Municipio, quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros; que mide Mil Doscientos Sesenta y Dos con Veinticuatro Metros Cuadrados (1262,24 Mts²), ubicado en la Avenida Eduardo Lapi, Sector Don Juancho, Municipio Independencia del Estado Yaracuy, comprendidos dentro de los siguientes linderos: Norte: casa que es o fue de Locadio Montañés; Sur: Se ubica la O.C.V. Villanueva; Este: la Avenida Eduardo Lapi; Oeste: Casa que es o fue de Locadio Montañés; bienhechurías que consisten en: una vivienda familiar de tres (03) cuartos, porche, comedor, cocina, patio interno, garaje, totalmente cercada, construida con paredes de bloque de concreto, losa de fundación, losa de techo de tabelón, área de patio trasero donde existe árboles sembrados los cuales son: 28 árboles de aguacate injerto tipo choquete polo nela, 4 árboles de limón tipo persa y 2 árboles de guanábana. Devuélvase a la parte interesada, déjese copia certificada de esta providencia.
El Juez,
Dr. Luís Humberto Moncada Gil,
La Secretaria,
Abg. Delyn Graciela Matos Pernalete.
En la misma fecha se devuelve la Solicitud N°4732 constante de nueve (09) folios útiles.
La Secretaria,
Abg. Delyn Graciela Matos Pernalete.