ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2008-001890
ASUNTO : UP01-P-2008-001890

Celebrada audiencia especial ocasión a la Jornada de Actualización de Cómputos en la sede del Internado Judicial de esta ciudad con el penado JHON EDUARDO RODRIGUEZ ORTEGA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 25.179.265, este Tribunal lo hace de la siguiente manera:
PRIMERO: El penado fue condenado por el Juzgado de Control N° 3 de este Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, en fecha 10 de Noviembre de 2008, a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal.
SEGUNDO: Consta en autos que el penado fue detenido en fecha 16 de Junio de 2008 hasta la presente fecha (21/05/2009) por lo que tiene detenido ONCE (11) MESES Y CINCO (5) DIAS.
TERCERO: Faltándole por cumplir de la pena impuesta SIETE (7) AÑOS Y VEINTICINCO (25) DIAS, que vencen el día 16 de Junio del 2016.
CUARTO: Así mismo se notifica al penado JHON EDUARDO RODRIGUEZ ORTEGA, que podrá hacer uso de los Beneficios de Pre-libertad, y en consecuencia podrá hacer uso de las fórmulas alternativas de cumplimiento de pena a partir de las siguientes fechas: DESTACAMENTO DE TRABAJO: Al cumplir ¼ parte de la pena (2 años) es decir a partir del día 16/06/2010; REGIMEN ABIERTO; al cumplir la 1/3 parte de la pena (2 años y 8 meses) es decir a partir del día 16/02/2011, así mismo le corresponde LIBERTAD CONDICIONAL, al cumplir 2/3 partes de la pena (5 años y 4 meses) es decir a partir del día 16/10/2013; CONFINAMIENTO al cumplir ¾ partes de la pena (6 años) es decir a partir del día 16/06/2014, excepto que se le redima la pena por el trabajo o estudio, de acuerdo a las disposiciones previstas en la ley de Redención de la Pena por el Trabajo y el Estudio y el Código Orgánico Procesal Penal.
Queda así actualizado el cómputo de pena del penado JHON EDUARDO RODRIGUEZ ORTEGA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 25.179.265. Quedaron notificadas las partes presentes en la audiencia celebrada el día de hoy 21/05/2009, se remite copia certificada del presente auto al Director del Internado Judicial de ésta ciudad y se entrega copia certificada al penado de autos. Cúmplase.


Abg. Jenny Andaluz Affigne
Jueza de Ejecución N° 1
Abg. Lusmar Rojas
Secretaria