REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución de San Felipe
San Felipe, 28 de Mayo de 2009
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2003-000004
ASUNTO : UP01-P-2003-000004
EJECUCION DE SENTENCIA
Revisadas las actas que conforman el presente asunto, se observa que al penado ELVIS JEAN CARLOS LOPEZ ILARRAZA Titulares de las cedulas de identidad N-V-16.261843, fue condenado ala pena de DIECINUEVE 19 AÑOS Y DOS 2 MESES DE PRESIDIO por el tribunal N-1 en funciones de juicio del circuito judicial penal del estado Yaracuy en fecha 21 DE OCTUBRE DE 2008 por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO Y ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el articulo 46º en concordancia con el articulo 83 del código penal y por cuanto dicha sentencia ha quedado definitivamente firme este tribunal procede a ejecutarla PRIMERO de acuerdo ala revisión exhaustiva de las actas que conforman el Dossier se evidencia que el penado fue detenido en fecha 02-12-02.hasta el 29-04-2003 teniendo una segunda detencion el 09-08—2003 hasta la presente fecha por lo que se evidencia que hasta la presente fecha tiene un tiempo de detención física de CINCO 5 AÑOS NUEVE 9 MESES Y DIECISEIS 16 DIAS ,por lo que de conformidad con el articulo 482 de COOP se le informa que puede optar alas formas de cumplimiento de la pena en las siguientes fechas DESTACAMENTO DE TRABAJO 1 /4 de la pena serian CUATRO 4 AÑOS NUEVE 9 MESES Y QUINCE 15 DIAS, REGIMEN ABIERTO tiene que cumplir 1/3 de la pena que seria un tiempo de SEIS 6 AÑOS CUATRO 4 MESES Y VEINTE 20 DIAS LIBERTAD CONDICIONAL con un tiempo de pena física que constituya las 2/3 partes de la pena que serian DOCE 12 AÑOS , NUEVE 9 MESES Y DIEZ 10 DIAS CONFINAMIENTO las ¾ partes de la pena que son CATORCE 14 AÑOS CUATRO 4 MESES YQUINCE 15 DIAS Y finaliza la pena el 11-10-2019 notifíquese ala defensora publica tercera, la fiscalia decimoprimero del ministerio publico del Estado Yaracuy y el penado remitase copia del presente auto al consultoria jurídica del internado judicial de San Felipe Estado Yaracuy CUMPLASE
LUIS VALDIVIESO ABG
JUEZ DE EJECUCION SECRETARIA