REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, veintiséis (26) de mayo de dos mil nueve
199º y 150º
por cuanto para el día de hoy, martes veintiséis (26) de mayo de 2009 a las once de la mañana (11:00 am), esta fijada la celebración de la Audiencia Preliminar Diferida y debido a asuntos propios del Tribunal que imposibilitan a la ciudadana Juez presidir dicho acto. En consecuencia, quien Juzga considera que en aras de cumplir con la finalidad de la primera fase del proceso laboral, la cual es la Mediación y Conciliación, acuerda DIFERIR nuevamente la Audiencia Preliminar, y a tal efecto se fija para el día: LUNES, QUINCE (15) DE JUNIO DE 2009, A LAS: DOCE DEL MEDIODIA (12:00 M.) No se ordena notificar a las partes por cuanto se encuentran a derecho de conformidad con el artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
La Juez,
Abg. ARLEC VERÓNICA LUCENA HERNÁNDEZ.
La Secretaria,
Abg. María Zuleima González.
ASUNTO N° UP11-L-2008-000311-Oswaldoliscano.