REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, 07 de mayo de 2009.

199° y 150°

PARTE ACTORA: JOSE SOLANO MONTESINOS CORONEL, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 11.919.303.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: LOURDES GABRIELA FREIRE PIETRAFESA y ALBERTO SILVA CARDOZO, abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 73.669 y 66.093, respectivamente.

PARTE DEMANDADA: PETRÓLEOS DE VENEZUELA, S. A., sociedad mercantil domiciliada en Caracas, Distrito Metropolitano de Caracas, constituida originalmente por Decreto No. 1.123 de fecha 30 de agosto de 1975, modificados sus estatutos mediante los Decretos Nos. 250, 885, 1.313 y 2.184, de fechas 23 de agosto de 1979, 24 de septiembre de 1985, 29 de mayo de 2001 y 10 de diciembre de 2002, este último publicado en Gaceta Oficial No. 37.588, de fecha 10 de diciembre de 2002, por instrumento inscrito en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el 15 de septiembre de 1978, bajo el No. 23, Tomo 199-A.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: TEODORA HERNÁNDEZ, ANA LUNA, MARÍA CARVALLO, MANUEL LEÓN, FERNANDO BETANCOURT, MARÍA GONZÁLEZ, ADRIANA RIERA, MIRBELIA ARMAS, IRVING MARQUEZ, MILAGROS ACEVEDO, BEATRIZ RODRÍGUEZ, BOBB LANCELOT, JANITZA RODRIGUEZ, CARLOS ROMERO, JANETTE CORDOBA, JOSÉ MARTÍNEZ, LUZ SALAZAR, CARLOS MORENO, RINNA BOZO, OLAF CILIBERTO, NAYLETH BERMUDEZ, LUZ CHACÓN, EDINSON PATIÑO, CRISPULO RODRÍGUEZ, PASCUALINO VOLPOLICELLI, ANGEL BRAVO y YANIA TELLECHEA, abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 18.027, 18.917, 19.129, 19.355, 27.708, 29.949, 38.529, 44.744, 47.229, 60.361, 61.275, 64.466, 70.403, 70.481, 75.340, 80.381, 83.525, 90.701, 92.884, 94.730, 96.703, 101.403, 101.716, 63.553, 40.982, 69.472 y 63.086, respectivamente.

MOTIVO: Calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos.

Vistos: Estos autos.

Conoce este Juzgado Superior del presente expediente, en virtud de la apelación interpuesta el 4 de febrero de 2009, por el abogado ALBERTO SILVA CARDOZO, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la decisión de fecha 27 de enero de 2009, dictada por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, oída en ambos efectos el 19 de marzo de 2009.

El 27 de marzo de 2009, este Juzgado Superior dio por recibido el presente expediente y dejo constancia que al quinto (5°) día hábil siguiente a la fecha procedería a fijar el día y la hora en que tendría lugar la celebración de la audiencia oral; el 06 de abril de 2009, este Juzgado Superior fijó para el 29 de abril de 2009 a las 02:00 p.m., la oportunidad para la celebración de la audiencia oral y pública; en esa fecha comparecieron ambas partes y se difirió la oportunidad para dictar el dispositivo para el 6 de mayo de 2009 a las 11:00 a.m.

Celebrada como ha sido la audiencia oral y habiéndose dictado el dispositivo del fallo, este Tribunal estando dentro de la oportunidad legal para hacerlo, pasa a publicar el fallo en los siguientes términos.

CAPITULO I
DE LA AUDIENCIA ORAL

La audiencia oral se efectuó el 29 de abril de 2009 a las 2:00 p.m., fecha en que comparecieron ambas partes; conforme a los artículos 163 y siguientes de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se difirió el dispositivo del fallo para el 6 de mayo de 2009 a las 11:00 a.m.

En el acta levantada el día 06 de mayo de 2009 a las 11:00 a.m., con motivo de la lectura del dispositivo se dejó constancia que se encontraba presente la parte demandada representada por el abogado ORLANDO SILVA, Inpreabogado No. 75.992, quien consignó poder en este acto y la incomparecencia de la parte actora apelante por si o por intermedio de apoderado judicial alguno.

El artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo dispone lo siguiente:

“…En el día y la hora señalados por el Tribunal Superior del Trabajo para la realización de la audiencia, se producirá la vista de la causa bajo la suprema y personal dirección del Tribunal. En el supuesto que no compareciere a dicha audiencia la parte apelante, se declarará desistida la apelación y el expediente será remitido al Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución correspondiente…”

Con vista de que la parte actora apelante no compareció, por si o por medio de apoderado alguno el día y hora fijado para dar lectura al dispositivo del fallo, es forzoso declarar desistida la apelación como se resolverá en la parte dispositiva del presente fallo. Así se establece.

CAPITULO II
DISPOSITIVO

Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta el 4 de febrero de 2009, por el abogado ALBERTO SILVA CARDOZO, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la decisión de fecha 27 de enero de 2009, dictada por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, oída en ambos efectos el 19 de marzo de 2009, en el juicio seguido por el ciudadano JOSE SOLANO MONTESINOS CORONEL contra PETRÓLEOS DE VENEZUELA, S. A. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas. TERCERO Se ordena la notificación por oficio del Procurador General de la República con inserción de copia certificada de la sentencia, conforme el artículo 97 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, en consecuencia, el lapso de suspensión de 30 días continuos se computará a partir de la certificación por Secretaría de la consignación de la notificación en el expediente.

PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas a los siete (7) días del mes de mayo de 2009. AÑOS: 199º y 150º.


JUAN CARLOS CELI ANDERSON
JUEZ
HENRY CASTRO
SECRETARIO

NOTA: En el día de hoy, 7 de mayo de 2009, se dictó, publicó y diarizó la anterior decisión.-

HENRY CASTRO
SECRETARIO
Asunto: AP21-R-2009-000120
JCCA/HC/yro.