REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS BOLÍVAR Y MANUEL MONGE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO YARACUY
AROA: 06 DE NOVIEMBRE DEL 2009
AÑOS: 199° y 150°
EXP. No. : 263-05
MOTIVO: FIJACIÓN DE CUOTAS PARA CADA MES DE DICIEMBRE.
PARTES: LUISANNA ELIZABETH PUERTA SÁNCHEZ y RAÚL ENRIQUE PALACIOS, con cédulas de identidad Nos. 18.053.571 y 11.653.822 respectivamente.
Por cuanto de las actas que conforman el presente expediente, se desprende que las partes Ciudadanos: LUISANNA ELIZABETH PUERTA SÁNCHEZ y RAÚL ENRIQUE PALACIOS, con cédulas de identidad Nos. 18.053.571 y 11.653.822 respectivamente, en fecha 03-11-2009 llegaron a un CONVENIMIENTO de mutuo y amistoso acuerdo, relativo a la Fijación de Cuotas para cada mes de diciembre en beneficio los niños (SE OMITE LOS NOMBRES), de XXXX (X) años de edad y solicitaron la HOMOLOGACIÓN del mismo, es por lo que este Tribunal de los Municipios Bolívar y Manuel Monge de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el Artículo 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente ACUERDA HOMOLOGAR EL CONVENIO SUSCRITO ENTRE LAS PARTES EN SUS PROPIOS TÉRMINOS, impartiéndosele la debida aprobación. Téngase pasado como en sentencia con autoridad de cosa juzgada. En consecuencia queda establecido que el obligado se comprometió a aportar a sus hijos el quince del presente mes el 50% de los gastos para el mes de diciembre. Tómese razón y déjese copia certificada para el archivo.-
El Juez:
Abg. Reinaldo Rzemieñ Freytez.-
La Secretaria:
Aída Servet de Ramones.-
En la misma fecha se tomó razón y se cumplió con lo ordenado.
La Secretaria.
EXP. N° 263-05
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