Hoy, veinticuatro (24) de Noviembre del Año Dos Mil Nueve (2009), siendo las diez de la mañana de la mañana (10:00 p.m.), se trasladó y constituyó el TRIBUNAL EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO NIRGUA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, integrado por el Abg. FRANKLIN OVIEDO FLORES, titular de la Cédula de Identidad N° V-7.010.216, en su carácter de Juez, la Secretaria Titular, CARMEN PINTO, Titular de la Cédula de Identidad N° V-7.504.201, y el Alguacil Titular MANUEL SANCHEZ, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 6.702.516, en la Urbanización La Lagunita, calle 11 casa Nº 7, Municipio Nírgua Estado Yaracuy, sitio indicado por la parte interesada a objeto de practicar la Medida de AMPARO A LA POSESION, decretada por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, en el Juicio de QUERLLA INTERDICTAL POR PERTURBACION, seguido por el ciudadano: RAUL RODRIGUEZ HERRERA, contra el ciudadano: JEAN PINEDA MARLON JACOBO, sobre un inmueble, lote de terreno y la diversidad de bienes muebles que se encuentran sobre el mismo, ubicado en el sector Las Tunitas, Nírgua Estado Yaracuy, al borde de la Carretera Panamericana Nírgua Valencia, cuyas medidas y linderos son los siguientes: NORTE: Con la Carretera Panamericana Nírgua Valencia, su frente; SUR: Con local propiedad del querellante, patio del estacionamiento en medio; ESTE: Con el patio delantero o estacionamiento del local, destinado a taller de lavado y engrase propiedad del querellante, y; OESTE: Con terreno del Municipio Nírgua hoy polideportivo Nírgua, pared de bloque en medio de Manuel Vicente Guevara, calle dos (2) de por medio Estando presente el Apoderado Judicial de la parte Actora ciudadano: RUBEN RAFAEL RUMBOS GIL, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-7.583.616, Inpreabogado Nº 34.930, con domicilio en este Municipio Nírgua Estado Yaracuy. Se notifico de la misión del Tribunal al ciudadano: JAEN PINEDA MARLON JACOBO, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° V-13.696.808, con domicilio en la Urbanización La Lagunita, calle 11, casa Nº 7, Municipio Nírgua Estado Yaracuy. Seguidamente el Apoderado de la parte Actora anteriormente identificado expone: Solicito al Tribunal se notifique al ciudadano: Marlon Jacobo Jaen Pineda, del objeto de la presente comisión. Acto seguido el Tribunal, en cumplimiento de la misión encomendada declara en NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, “AMPARO A LA POSESION”, ordenando al ciudadano JAEN PINEDA MARLON JACOBO, cese en la perturbación sobre el inmueble, lote de terreno y la diversidad de bienes muebles propiedad del querellante descritos anteriormente. Es Todo”. El Tribunal habiendo cumplido la misión ordena su traslado a su sede siendo las once y treinta (11:30.p.m.). Terminó, se leyó y conformes firman:
El Juez,
Dr. FRANKLIN OVIEDO FLORES
El Apoderado Judicial de la parte Actora, El Notificado,
El Alguacil Titular,
Manuel Sánchez
La Secretaria,
CARMEN PINTO
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