REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
ACTA DE AUDIENCIA
ASUNTO Nº UP11-L-2008-000388
En el día de hoy, Miércoles Once (11) de Noviembre del año Dos mil nueve (2009), siendo las dos de la tarde (02:00 PM), oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia oral y pública con motivo de la pretensión por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES incoada por el ciudadano GEREMIAS BANGUERA MONTAÑO contra INDUSTRIAS DURO, C.A, y solidariamente al ciudadano PEDRO R. PEREIRA O. Tal y como estaba previsto se anunció el acto a las puertas del Tribunal. Posteriormente al verificar la presencia de las partes, se deja constancia que se encuentra presente la parte actora, ciudadano GEREMIAS BANGUERA MONTAÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 25.646.610, representado en este acto por sus apoderadas judiciales, profesionales del derecho LILIAN MERCEDES ESCALONA YAGUAS y ROSANGELA VASQUEZ MENDOZA, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 63.278 y 121.912 respectivamente. Asimismo se deja constancia que se encuentra presente la parte demandada representada por los profesionales del derecho PEDRO JOSE CAÑAS y JOSE LUIS MACHADO ASTUDILLO inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 58.234 y 21.758 respectivamente. Seguidamente se declara constituido el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, con la presencia del ciudadano Juez Abogado CARLOS MANUEL FUENTES GARRIDO, la secretaria DAYANA LEAL CORDERO y el Alguacil ISRAEL SCHWARS, por lo que se da inicio a la presente audiencia.
Seguidamente, el ciudadano Juez exhortó a las partes al uso de los medios alternativos de Resolución de Conflictos sin que se obtuviere alguna manifestación de voluntad respecto de los mismos, dando lugar al inicio del debate.
Seguidamente, concedió el derecho de palabra a la parte actora, a través de la apoderada judicial profesional del derecho ROSANGELA VASQUEZ MENDOZA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el 121.912, quien expuso los fundamentos de la pretensión.
Tomó la palabra la parte demandada a través del profesional del derecho JOSE LUIS MACHADO ASTUDILLO inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 21.758, quien expuso sus defensas.
Ambas partes hicieron uso de su derecho a réplica y contrarréplica.
Seguidamente, se procedió a la evacuación de las pruebas aportadas al proceso por las partes:
PRUEBAS DE LA PARTE ACTORA:
Prueba de Testigo:
Geovanni Ruiz. Fue evacuado.
José Díaz. Fue evacuado.
Donar Linarez. Fue evacuado.
Richard Corona. No compareció.
Prueba de Exhibición:
Recibos de pagos. La parte demandante manifiesta que estos no son los recibos sobre los cuales ella solicita la exhibición y que por tanto debe aplicársele la consecuencia jurídica prevista en el artículo 82 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. La parte demandada señala que mal puede ella exhibir dichos recibos cuando el demandante nunca fue trabajador de la empresa DURO C.A.
Libros de pagos de horas extras. La parte demandante señala que el libro que se exhibe no está actualizado por la Inspectoria del Trabajo y solo refleja el año 2005 y haya o no haya habido horas extras trabajadas dentro de la empresa, dicho libro debe ser firmado por los trabajadores y no esta firmado por nadie.
PRUEBAS DE LA DEMANDADA:
Prueba Documental:
Guía de circulación de Materiales no metálicos:.(f. 36-66). La parte demandante impugna dicha prueba debido a que ninguna refleja ningún hecho que demuestre que su mandante no haya prestados sus servicios para Industrias DURO C.A. La parte demandada insiste en que con dicha prueba se demuestra que su mandante lo que hacia era comprarle piedra caliza a la hacienda Altamira o al ciudadano Leopoldo Matos.
Prueba de Testigo:
ORALDO DURAN. No compareció.
JOSE LUIS URE. No compareció.
EULOGIO GALLARDO. No compareció.
RAFAEL COLMENAREZ. No compareció.
ADRIAN GARCÍA. No compareció.
El Juez hizo uso de la facultad contenida en el articulo 103 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo e interrogó a la parte demandante, ciudadano GEREMIAS BANGUERA MONTAÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 26.646.610
Posteriormente finalizada la evacuación de las pruebas promovidas por las partes, el ciudadano juez de conformidad con el artículo 158 se reservó el lapso de 60 minutos para dictar el dispositivo del fallo.
En virtud de las razones expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la pretensión por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES incoada por el ciudadano GEREMIAS BANGUERA MONTAÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 26.646.610 contra INDUSTRIAS DURO, C.A, y solidariamente al ciudadano PEDRO R. PEREIRA O. SEGUNDO: SE CONDENA a la parte demandada INDUSTRIAS DURO, C.A, y solidariamente al ciudadano PEDRO R. PEREIRA O; al pago de los conceptos y cantidades que se indiquen en el texto íntegro de la sentencia. TERCERO: Se condena en costas a la parte demandada por haber sido totalmente vencida. CUARTO: El Tribunal se reserva el lapso establecido en el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para la publicación del texto íntegro de la sentencia.
Se deja constancia de que la audiencia fue reproducida en forma audiovisual, de conformidad con lo establecido en el artículo 162 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
El Juez de Juicio;
Abg. CARLOS MANUEL FUENTES GARRIDO
POR LA PARTE DEMANDANTE: POR LA DEMANDADA:
Abg. LILIAN ESCALONA ABG. PEDRO CAÑAS
Abg. ROSANGELA VASQUEZ ABG. JOSE MACHADO
LOS TESTIGOS:
GIOVANNI RUIZ
JOSÉ ÁNGEL DÍAZ
DONAR LINAREZ
LA SECRETARIA:
Abg. DAYANA LEAL CORDERO
EL ALGUACIL:
ISRAEL SCHWARS
|