REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
ACTA DE AUDIENCIA
ASUNTO Nº UP11-L-2008-00475
En el día de hoy, Lunes Dos (02) de Noviembre del año Dos mil nueve (2009), siendo las dos de la tarde (02:00 PM), oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia oral y pública con motivo de la pretensión por COBRO DE BONO DE ALIMANTACION incoada por el ciudadano BENJAMIN JOSE SALOM CAYAMA titular de la cédula de identidad número 5.463.340, contra el MUNICIPIO MANUEL MONGE DEL ESTADO YARACUY. Tal y como estaba previsto se anunció el acto a las puertas del Tribunal. Posteriormente al verificar la presencia de las partes, se deja constancia que se encuentra presente la parte actora, representada en este acto por su apoderada judicial, Profesional del derecho ZAFIRO NAVAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 24.555. Asimismo se deja constancia que se encuentra presente la parte demandada, representada en este acto por los profesionales del derechos: OCTAVIO JOSE ALCALA y SOLANGEL ALECIA OSTOS BALANGUER, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nro. 18.974 y 55.130, Respectivamente
Seguidamente se declara constituido el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, con la presencia del ciudadano Juez Abogado CARLOS MANUEL FUENTES GARRIDO, la secretaria JEAN CARLOS TERAN y el Alguacil ISRAEL SCHWARS, por lo que se da inicio a la presente audiencia.
Seguidamente, el ciudadano Juez exhortó a las partes al uso de los medios alternativos de Resolución de Conflictos sin que se obtuviere alguna manifestación de voluntad respecto de los mismos, dando lugar al inicio del debate.
Seguidamente, concedió el derecho de palabra a la parte actora, a través de la apoderada judicial Profesional del derecho ZAFIRO NAVAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 24.555, quien expuso los fundamentos de la pretensión.
Tomó la palabra la parte demandada, a través del profesional del derecho OCTAVIO JOSE ALCALA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 18.974, quien expuso sus defensas, y alegatos.
Ambas partes hicieron uso de su derecho a réplica y contrarréplica.
Seguidamente, se procedió a la evacuación de las pruebas aportadas al proceso por las partes:
PRUEBAS DE LA PARTE ACTORA:
Pruebas Documentales:
Requerimiento de Pago (f. 88) Ninguna Observación
Instrumento Bono Alimentario o Cesta Ticket ( f.89)
La parte demandada: Impugno la prueba, ya que se trata de un Cesta ticket de otro trabajador y es del año 2007. Y el beneficio que se intenta reclamar es conforme a una relación de trabajo que ceso en el año 2004 y no se corresponde con el porcentaje del salario devengado por el trabajador para esa época, cuando no se cancelaba dicho bono ya que la Alcaldía contrataba los almuerzos a los trabajadores.
La parte demandante: Insiste en el valor probatorio ya que el legislador en reiteradas Jurisprudencias ha manifestado que cuando se adeude el beneficio alimentario deberá ser cancelado conforme al monto actual para el momento de la reclamación.
Prueba de Exhibición:
Nomina de Pago del Beneficio de Bono Alimentación o Cesta Ticket.
La parte Demandada: Solicita sea desestimada por cuanto para el año 2004, no existía registro del pago de dicho beneficio.
La parte actora: Solicita sea aplicada la consecuencia Jurídica contemplada en la ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Prueba de Informe:
IVSS (f. 105-106) Ninguna Observación
PRUEBAS DE LA PARTE DEMANDA:
No Promovió medios Probatorios.
Posteriormente finalizada la evacuación de las pruebas promovidas por las partes, el ciudadano juez de conformidad con el artículo 158 se reservó el lapso de 60 minutos para dictar el dispositivo del fallo.
En virtud de las razones expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Con Lugar la excepción de prescripción opuesta por la parte demandada, MUNICIPIO MANUEL MONGE DEL ESTADO YARACUY.. SEGUNDO: SIN LUGAR la pretensión por COBRO DE BONO DE ALIMANTACION incoada por el ciudadano BENJAMIN JOSE SALOM CAYAMA titular de la cédula de identidad número 5.463.340, contra el MUNICIPIO MANUEL MONGE DEL ESTADO YARACUY. TERCERO: No hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. CUARTO: El Tribunal se reserva el lapso establecido en el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para la publicación del texto íntegro de la sentencia.
Se deja constancia de que la audiencia fue reproducida en forma audiovisual, de conformidad con lo establecido en el artículo 162 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
El Juez de Juicio;
Abg. CARLOS MANUEL FUENTES GARRIDO
LOS DEMANDANTES: POR LA DEMANDADA:
Abg. ZAFIRO NAVAS Abg. OCTAVIO ALCALA
EL SECRETARIO:
Abg. JEAN C. TERAN A.
EL ALGUACIL:
ISRAEL SCHWARS
ASUNTO: UP11-L-2008-000475
PIEZA TRES (01)
CMFG/JeanTeran.-.
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