REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS URACHICHE Y JOSE ANTONIO PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Urachiche, 26 de Octubre de 2009
Años 199° y 150°
Expediente N° 884-2009.-
Vista la diligencia de fecha 22-10-09 inserta al folio 9 de este expediente, de la ciudadana MARÍA GRACIELA ARTEAGA MENDOZA, en su carácter de progenitora de los niños identidad omitida, parte actora en el presente procedimiento de FIJACION DE OBLIGACION DE MANUTENCIÓN, según la cual DESISTE DEL PROCEDIMIENTO y solicita el archivo del expediente, en virtud de que el padre de sus hijos ciudadano EDUARDO ALIRIO CASTILLO BARRETO, está cumpliendo voluntariamente con la obligación de manutención que como padre le corresponde respecto a sus hijos, por lo que han llegado a un acuerdo extrajudicial en relación a la manera como va a continuar cumpliendo con el suministro de pensión de alimento, ropa, calzado y demás necesidades de sus hijos. Este Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado, en consecuencia por no ser contraria a derecho y versar sobre derechos disponibles, le imparte su HOMOLOGACION AL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO DE FIJACION DE OBLIGACION DE MANUTENCIÓN, que fuera incoado por la ciudadana MARÍA GRACIELA ARTEAGA MENDOZA en contra del ciudadano EDUARDO ALIRIO CASTILLO BARRETO. Téngase pasada como Sentencia con autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, aplicado supletoriamente por mandato del artículo 451 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Se ordena el archivo del presente expediente.-
El Juez Provisorio;
Abg. JOSE ANTONIO MARIN GONZALEZ
La Secretaria;
Abg. Yuly R. Suárez V.
En esta misma fecha se cumplió lo ordenado en el auto que antecede. Conste.-
La Secretaria;
Abg. Yuly R. Suárez V.
JAMG/lcbm
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