REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Dirección Ejecutiva de la Magistratura
Juzgado Ejecutor de Medida de los Municipios San Felipe, Cocorote,
Independencia, Veroes, Bolívar y Manuel Monge de la Circunscripción
Judicial del Estado Yaracuy
El presente traslado es gratuito, como lo consagra la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. En horas de despacho del día de hoy 21 de octubre de 2009, se traslado y Constituyó, siendo las 9:30 a.m.; este TRIBUNAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, COCOROTE, INDEPENDENCIA, VEROES Y MANUEL MONGE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY; a cargo del Juez Provisorio Abogado Trino La Rosa Van Der Dys, el Secretario Abogado Eduardo A. Ibarra G. y el Alguacil Edwin Godoy titulares de las cedulas de identidad números: 6.194.808; 10.853.325 y 11.646.640 respectivamente. En la siguiente dirección: “Sector Caja de Agua, entre calles Negro Primero y prolongación Piar y Garafalo Nº 43-2 del Municipio Cocorote del Estado Yaracuy”. A los fines de darle estricto y cabal cumplimiento al decreto, contentivo de Medida de Amparo, emanada del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en contra de la Ciudadana Isneida Yuhamel Espinoza Cuenca, venezolana, mayor de edad titular de la cedula de identidad Nº 7.508.042 demandada de autos. En compañía de la Ciudadana Hedit Coromoto Castillo Tovar, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 6.577.650, quien esta debidamente asistida por la abogada en ejercicio: Zayda Terán, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 4.458.356, e inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 15.150, en el juicio de Querella Interdictal de Amparo por Perturbación, en el expediente Nº 14.278, de la nomenclatura del Tribunal de la Causa. Asimismo este Tribunal deja constancia que fuimos acompañados para el resguardo del mismo por funcionarios asignados a la Comandancia General de Policía con sede en el Municipio San Felipe del Estado Yaracuy a cargo del Sargento Segundo Néstor Avendaño, venezolano, mayor de edad titular de la cedula de identidad numero 11.274.861, debidamente identificados con sus placas. Y por funcionarios adscritos a la Brigada Especial a cargo Cabo Segundo González Frambet de venezolano, mayor de edad titular de la cedula de identidad N° 13.696.573 Es todo. Seguidamente este tribunal Ejecutor de Medidas, procede a notificar de su misión, luego de haberle hecho lectura del despacho de comisión a el ciudadano Pérez Sánchez Yoser Aurelio, venezolano, mayor de edad titular de la cedula de identidad Nº 12.726.945, en su condición de vecino. A quien este tribunal le concede el derecho de palabra y expone: “Quedo notificado el acto que el tribunal realiza en este lugar y que me fue leído el mandamiento de ejecución” Es todo. En este estado este tribunal ejecutor le concede el derecho de palabra a la ciudadana Hedit Coromoto Castillo Tovar, en la persona de su Abogada asistente Zayda Terán, ambas antes planamente identificada quien expone: “En razón de lo expuesto, y en virtud de que en este momento se esta materializando la ejecución de la medida ordenada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito del Estado Yaracuy, formalmente solicito se decrete la medida de amparo a la posesión del inmueble descrito en el mandato de ejecución y cuyas características doy por reproducidas y en consecuencia quede establecido el cese a la perturbación, que consiste en la realización de actividades de construcción en el patio de la vivienda principal, cuya posesión es ejercida en forma legitima por la ciudadana Hedit Coromoto Castillo Tovar y su familia”. Es todo. Este Tribunal Ejecutor de Medidas encontrándose constituido en el lugar que consta al principio de la presente acta y visto lo solicitado por la parte actora, así como también el despacho de comisión emanado del Tribunal Primero de Primera Instancia En Lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en consecuencia de Decreta: Ejecutada La Medida de Amparo sobre el bien inmueble en el cual se encuentra constituido el tribunal y cuyos linderos son NORTE: Con Unidad Educativa José Gabriel Álvarez de Lugo, en un distancia de 23v mts; SUR: Con bienhechurias de Eulises Marchan, en una distancia de 23,80 mts; ESTE: Con bienhechurias de Mercedes López, en una distancia de 18,15 mts; OESTE: Con bienhechurias de Aurelio Pérez, en una distancia de 27,30 mts. Asimismo se ordena el cese de la perturbación a partir de la presente fecha 21 de octubre de 2009, tal como fuera ordenado por el comitente. Igualmente se acuerda expedir, tres juegos de la presente acta, de las cuales una quedara como original en la presente comisión y las otra en copia simple, de las cuales una será entregada a la ciudadana: Hedit Coromoto Castillo Tovar, y la otra al notificado, antes plenamente identificadas. Cumplida como ha sido nuestra misión este tribunal acuerda la remisión de la presente comisión civil original con sus resultas al tribunal de la causa, a la mayor brevedad posible, así como el regreso a su sede. Es todo. Este TRIBUNAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, COCOROTE, INDEPENDENCIA, VEROES, BOLÍVAR Y MANUEL MONGE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY. Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y con el poder conferido por la ley; así como dándole cumplimiento al decreto ordenado por el tribunal comitente, DECRETA: Ejecutada La Medida de Amparo a la posesión a favor de la Ciudadana Hedit Coromoto Castillo Tovar sobre el bien inmueble, antes identificados, en el cual se encuentra constituido el Tribunal, atendiendo a lo ordenado por el comitente. Asimismo se acuerda el regreso a nuestra sede, siendo las 11:00 y su publicación en la página Web llevada por este Tribunal. Es todo, se termino, se leyó y conformes firman. El Juez Provisorio Abgº. Trino La Rosa Van Der Dys. (Fdo)
El Notificado, (Fdo), La Demandante Hedit Coromoto Castillo(Fdo) La Abogada Asistente, (Fdo)
El Funcionario Policial, (Fdo) La Brigada Especial, (Fdo) El Alguacil (Fdo) El Secretario Abgº Eduardo Ibarra (Fdo)
C.C.Nº1289
TL/ei
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