ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2007-000402
ASUNTO : UP01-P-2007-000402

AUTO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA

Firme como ha quedado la anterior sentencia, se ordena su Ejecución. Este tribunal observa que el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio Nº 03 de este Circuito Judicial Penal en fecha 13-03-2009, condenó al ciudadano JHONNYS ALBERTO RON HERDIA, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 888.5710, Residenciado Carretera Vìa Duaca, callejón 13 de Julio, casa Nº 20, sector Tamaca, Barqyuisimeto Estado Lara, por la comisión del delito de LESIONES CULPOSAS GRAVES. Y en consecuencia, LO CONDENO A cumplir la pena de SEIS MESES PRISION, este tribunal procede de conformidad con lo establecido en el articulo 482 del Código Orgánico Procesal Penal a realizar el computo de la pena: consta en autos que el referido penado no estuvo detenido por lo que le falta por cumplir la totalidad de la pena de SEIS MESES PRISION, la cual vence el 28-04-2010 a las 12:00 de la noche de conformidad con el articulo 493 del Código Orgánico Procesal Por otra parte se evidencia que el referido penado puede optar al Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena desde la presente fecha. Ofíciese a la a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario a los fines de que se le realice el Informe Psicosocial al Penado antes señalado, anexando copia certificada del presente auto y de la sentencia condenatoria. Quedaron notificadas las partes en la sala de audiencia del presente auto. Cúmplase.-

La Jueza de Ejecución Nº 01
Abg. Esmeralda López Guzmán

La Secretaria
Abg. Diosa Rivas