ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2008-000921
ASUNTO : UP01-P-2008-000921
AUTO DE EJECUCION DE SENTENCIA
Firme como ha quedado la anterior sentencia, se Ordena su Ejecución. Este tribunal observa que el Juzgado de Primera Instancia en función de Control Nº 3 de este Circuito Judicial Penal en fecha 17-03-2009, condenó a la ciudadana FRANLIS DAINE RODRÍGUEZ OROPEZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.502.963, de 30 años de edad, fecha de nacimiento 15/07/78, de estado civil soltera, de profesión u oficio Licenciada en Contaduría Pública, con residencia en San Javier, Urbanización 24 de Marzo, Calle La Legua, Casa N° 06, Municipio San Felipe, por la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE ACTO FALSO y FALSIFICACIÓN DE SELLO DE AUTORIDAD PÚBLICA, previstos y sancionados en los artículos 322 concordado con el artículo 319 y 306 del Código Penal, cometidos en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS, UN (01) MES, VEINTISÉIS (26) DÍAS Y SEIS (06) HORAS de prisión, se procede de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal a realizar el Computo de la Pena: Consta en autos que el referida penada fue detenida en fecha 17-03-2008, hasta la presente fecha, por lo que se infiere que lleva detenida UN (1) AÑO, SIETE (7) MESES Y DOCE (12) DÍAS, falta cumplir de la pena UN (1) AÑO, TRES (3) MES Y DOCE (12) DÍAS, que vence el 16-03-2011 a las 12:00 p.m. de conformidad con el artículo 484 del Código Orgánico Procesal Penal. Así mismo se notifica que a la mencionada penada que podrá solicitar la SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA a partir de la presente fecha visto la Reforma del Código Orgánico Procesal Penal de fecha 04-09-2009. Quedaron notificadas las partes del presente auto en la sala de audiencias. Vista la solicitud de la defensora se ordena Oficiar a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario a fin de que se realice el correspondiente informe Psico social al penado y se le designe delegado de prueba, así mismo se le solicita al penado la consignación de oferta de trabajo. Cúmplase.-
JUEZ DE EJECUCIÓN Nº 1 LA SECRETARIA
ABG. ESMERALDA LÓPEZ ABG. DIOSA RIVAS
|