REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
RECURSO DE APELACIÓN
ASUNTO Nº: UP11-R-2009-000087
En el día de hoy Miércoles (14) de octubre del año dos mil nueve (2.009), siendo las diez de la mañana (10:00 A.M.), oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia oral y pública con motivo del Recurso ordinario de apelación interpuesto por el profesional del derecho JAVIER ZERPA BOISSIERE, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de ésta Circunscripción Judicial, de fecha cinco (05) de agosto de 2009, en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, siguen ante el A-quo los ciudadanos GREIDY ARACELIS LEGON, JOSE ALEXANDER GUEDEZ, RAUL OCHOA y otros CONTRA INVERSIONES VALPA C.A, ambas partes plenamente identificadas en autos. Anunciado como fuera el acto a las puertas de la sede de este Circuito Judicial, se deja constancia que se encuentran presente los demandantes GREIDY LEGON, HUGO SEQUERA, JOSE GUEDEZ, RAUL OCHOA, y JULIO RIVERO, cedulas de identidad N° 14.442.876, 7.518.533, 17.905.096, 18.548.902, y 16.261.301 respectivamente, parte demandante quienes se encuentran representados por el profesional del derecho JESUS HUMBERTO DELGADO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 82.844, en su carácter de PROCURADOR DE TRABAJADORES EN EL ESTADO YARACUY. Se deja constancia de la INCOMPARECENCIA de la parte demandada recurrente INVERSIONES VALPA C.A., ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno. Seguidamente se declara constituido el Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, con la presencia del ciudadano Juez JOSE GREGORIO RENGIFO, la secretaria DAYANA LEAL CORDERO y el ciudadano Alguacil JOSE GONZALEZ, por lo que se da inicio a la presente audiencia. Seguidamente el ciudadano Juez en vista la incomparecencia de la parte demandada-recurrente de conformidad con el Artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo declara “DESISTIDO” el Recurso de Apelación ejercido en la presente causa, con todos los efectos que de ello derivan, tal y como se podrá apreciar en el dispositivo de esta decisión, que en a continuación se transcribe. En consecuencia, se confirma la decisión recurrida y, de conformidad con lo establecido en el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se condena en costas a la parte demandada recurrente.- Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Remítase el expediente al tribunal A quo, una vez quede firme el presente fallo en la oportunidad procesal correspondiente.- Dada, firmada y sellada en la sede del Despacho del Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en la ciudad de San Felipe, a los catorce (14) días del mes de octubre del año dos mil nueve (2009).
EL JUEZ,
JOSE GREGORIO RENGIFO
PARTE ACTORA
Abg. JESUS HUMBERTO DELGADO
GREIDY LEGON,
HUGO SEQUERA,
JOSE GUEDEZ
RAUL OCHOA
JULIO RIVERO
LA SECRETARIA,
DAYANA LEAL CORDERO
El Alguacil;
JOSE GONZALEZ
Asunto Nº UP11-R-2009-000087
PIEZA Nº UNO (01)
JGRA/dmlc
|