REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, veinte (20) de octubre de 2009
199º y 150º
ASUNTO: UP11-L-2009-000254.
Visto que la Audiencia Preliminar en el presente asunto estaba prevista para el día de hoy: Martes veinte (20) de octubre del corriente año, a las once de la mañana, según auto de fecha 28 de septiembre de 2009, inserto al folio treinta y uno (31), y debido a asuntos propios del Tribunal que imposibilitan a la ciudadana Juez del Despacho, presidir dicha audiencia, en consecuencia éste Tribunal en aras de cumplir con la finalidad de del proceso laboral, la cual es la Mediación y la Conciliación, y de resguardar el debido proceso y la Tutela Judicial efectiva, acuerda de oficio reprogramar la Audiencia y la fija para el día: LUNES DOS (02) DE NOVIEMBRE DE 2009, a las: DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 AM.). No se ordena notificar a las partes, por cuanto las mismas se encuentran a derecho de conformidad con el Artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
LA JUEZ,
Abg. ARLEC VERONICA LUCENA HERNANDEZ
EL SECRETARIO,
Abg. RUBEN E. ARRIETA
AVLH/REA/maritzacuicas