REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

ACTA DE AUDIENCIA

ASUNTO Nº UP11-L-2007-000173

En el día de hoy, Martes (20) de Octubre del año Dos mil nueve (2009), siendo las dos de la tarde (02:00 PM), oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia oral y pública con motivo de la pretensión por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES incoada por los ciudadanos: LUIS EDUARDO HERRERA GALINDEZ, MANUEL ESTEBAN GOMEZ, JORGE LUIS GOMEZ y SILVINO VARGAS APARICIO contra la empresa mercantil TALLER EL PIEVE S.R.L. Tal y como estaba previsto se anunció el acto a las puertas del Tribunal. Posteriormente al verificar la presencia de las partes, se deja constancia que se encuentra presente la parte actora ciudadanos LUIS EDUARDO HERRERA GALINDEZ, MANUEL ESTEBAN GOMEZ, JORGE LUIS GOMEZ y SILVINO VARGAS APARICIO, identificados a los autos representados en este acto por la profesional del derecho ALBA MARCHI CAPPELLETTI, Inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 46.597. Asimismo se deja constancia que se encuentra presente la parte demandada la empresa mercantil TALLER EL PIEVE S.R.L, representada en este acto por los abogados en ejercicio: GILBERTO CORONA RAMIREZ y DAVID ALFONZO CRESPO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nº 65.407 y 65.218, respectivamente. Seguidamente se declara constituido el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, con la presencia del la ciudadano Juez Abogado CARLOS MANUEL FUENTES GARRIDO, la secretaria DAYANA LEAL y el Alguacil JOSE GONZALEZ, por lo que se da inicio a la presente audiencia.
El Juez insto a las partes a hacer uso de los medios alternativos de resolución de conflictos, a lo que la parte demandante se negó.
Posteriormente se procedió a la evacuación de las pruebas aportadas al proceso por las partes:
Parte demandante:
Prueba Documental:
 Constancia de trabajo: (f.32, ninguna observación, folio 65-68 la parte demandada la impugna por cuanto tiene una enmienda colocada a mano, aunado a que la persona que la emite no tiene autorización ni facultad para emitirla. La parte demandante insiste en hacerla valer)
 Adelanto de Pago de Bono de Transferencia: (f.33) La parte demandada insiste en hacerla valer con la observación de que en el escrito libelar se señalo el hecho de que nunca se le había cancelado ningún concepto.
 Adelanto de pago de antigüedad: (f.34, 37-40). La parte demandada señalo que con esta prueba se demuestra que el ciudadano LUIS HERRERA trabajaba para su representada y que era liquidado anualmente. También señalo la demandad que con ello se demuestro que la empresa demandada otorgaba vacaciones colectivas desde diciembre hasta enero. La parte demandante insiste en que nunca fueron disfrutadas ni canceladas las vacaciones.
 Adelanto de pago de antigüedad y utilidades: (f.35-36). La parte demandada señala que con esto se demuestra que efectivamente fueron canceladas la antigüedad y las utilidades por lo que la demanda no debió ser por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES sino por DIFERENCIA DE COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES en el caso que le corresponda.
 Ley de política Habitacional: (f.41-42). La parte demandada solicita que a dicha prueba no se le de ningún valor probatorio por cuanto la misma proviene de tercero y debió ser ratificada mediante la prueba testifical. La impugna por cuanto además de los elementos expuestos es una copia simple.
 Seguro Social: (f.43). Es una copia simple y se evidencia una contradicción con respecto a la fecha de entrada del ciudadano LUIS HERRERA se evidencia como fecha de ingreso 16-01-89 y en el libelo se señala que la fecha de ingreso es el 16-01-1989. La parte demandante señala que no esta en discusión la fecha de entrada de este trabajador.
 Inspección Judicial (f.44-64). No se sabe con que finalidad se aporta la prueba, no se identifica a los trabajadores que se encontraron al momento de realizar la inspección y hay contradicción entre los particulares de la misma.
 Recibos de pagos (f. 69-82)

Prueba de Testigo:
• CLORINDA MERCEDES MARTINEZ SANCHEZ. No asistió por lo que se declara desierto el acto.
• EDGAR JOSE ROMERO COLMENAREZ.- Estuvo presente pero se difirió su evacuación para el día siguiente.
• THIBISAY ISABEL ALVARADO.- No asistió por lo que se declara desierto el acto.
• JOSÉ RAMÓN CUENCA GONZALEZ.- No asistió por lo que se declara desierto el acto.
• JESÚS ALBERTO NUÑEZ MIRANDA.- No asistió por lo que se declara desierto el acto.
• REINALDO ANTONIO PINTO. Estuvo presente pero se difirió su evacuación para el día siguiente.
• XIOMARA DEL CARMEN CARVAJAL DURAN. Fue evacuada.
• JOSE ISABEL VALDEZ. Fue evacuada.

Prueba de exhibición:
• Planillas contentivas de la nominas desde el año 1983 hasta diciembre del 2006. La parte demandada señala que de acuerdo al articulo 82 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo concatenado con la normativa del Código de Procedimiento Civil para solicitar la prueba de exhibición se debe traer al proceso copia del documento que se quiere se exhiba o hacer una descripción detallada del instrumento por lo que se solicita se desestime y no se le de valor probatorio a la referida prueba. La parte demandante insiste en hacerla valer.
• Recibos de vacaciones La parte demandada señala que de acuerdo al articulo 82 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo concatenado con la normativa del Código de Procedimiento Civil para solicitar la prueba de exhibición se debe traer al proceso copia del documento que se quiere se exhiba o hacer una descripción detallada del instrumento por lo que se solicita se desestime y no se le de valor probatorio a la referida prueba. La parte demandante insiste en hacerla valer.
• Libros de control de asistencia desde el año 1983 al 2006. La parte demandada señala que de acuerdo al articulo 82 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo concatenado con la normativa del Código de Procedimiento Civil para solicitar la prueba de exhibición se debe traer al proceso copia del documento que se quiere se exhiba o hacer una descripción detallada del instrumento por lo que se solicita se desestime y no se le de valor probatorio a la referida prueba. La parte demandante insiste en hacerla valer.
Prueba de Informe:
• I.V.S.S. 8folio 2542). La parte demandada señala que en el referido informe no aparece Manuel Gómez, Silvino Vargas y Jorge Gómez si así Luís Herrera que es el único trabajador que reconocen. Con ello se demuestra que los tres (03) primeros no eran trabajadores de su representada. Invoca el Principio de la Comunidad de la Prueba por cuanto aquí se demuestra que Silvino Vargas tenía su firma Personal. La parte demandante señala que con esta prueba se demuestra es el incumplimiento que hizo el patrono de sus obligaciones.

PARTE DEMANDADA:
Prueba Documental:
 Recibos de pagos de prestaciones sociales (f.90 lo desconoce en su contenido y firma, 91 lo desconoce en su contenido y firma, 92 no es su firma pero reconoce el contenido que es igual al folio 34 del presente expediente. La parte demandada insiste en hacer valer la prueba por cuanto con ella se demuestra que se le cancelaban sus prestaciones sociales a LUIS HERRERA., 103 reconoce el contenido pero no la firma. La parte demandada insiste en hacer valer la prueba. 104, 105,106 y 107, desconoce contenido y firma. La parte demandada insiste en hacer valer la prueba 108 reconoce contenido pero no la firma, 109 y 110 desconoce contenido y firma. La parte demandada insiste en hacer valer la prueba. Folio 112 desconoce el documento porque no debió estar en manos de la parte demandada porque es un original que pertenece a la parte demandante. La parte demandada insiste en que es el Registro de Mercantil de la Firma Personal de Silvino Vargas con lo cuan se prueba que sus hijos trabajaban para el. 113 la parte demandante señala que alli hubo abuso de firma en blanco. La parte demandada solicita que se le de pleno valor probatorio por cuanto no fue desconocido por la demandante. 114, 115, 116 desconoce en su contenido y no esta firmado, por sus representados. La parte demandada insiste en hacer valer la prueba. 117 al 118 Recibo que hace la empresa lo reconoce en su contenido y firma, 119 al 122 desconoce en su contenido y no esta firmado. La parte demandada insiste en hacer valer la prueba por cuanto con ella se demuestra que los demandantes trabajaban para el ciudadano Silvino Vargas. 123 al 136 la parte demandante lo desconoce porque no aporta nada al proceso. La parte demandada insiste en hacer valer la prueba. 138 al 140 lo desconoce en su contenido y firma porque están firmados por el padre de sus representados. La parte demandada insiste en hacer valer la prueba. 141 al 146 lo desconoce en su contenido y no están firmados por nadie. La parte demandada insiste en hacer valer la prueba. 142,143, 145 y 147 reconoce la firma y contenido pero eran firmados por el padre de sus representados. La parte demandada insiste en hacer valer la prueba
 Recibos de pago de Bono de Transferencia (f.93 PIEZA1). La demandante señala que es igual al folio 33 pero desconoce su firma. La parte demandada insiste en hacer valer la prueba
 Copia certificada de registro de comercio (f.112 PIEZA 1). La parte demandada insiste en hacer valer la prueba por cuanto es un documento público.
 Recibos de notas de contado (f.150-342 PIEZA2, la parte demandante señala que son talonarios elaborados por el dueño del Taller EL PIAVE C.A para dar la orden de trabajos dentro del taller. La parte demandada señala que son facturas emitidas por la firma personal del Sr. Silvino Vargas con lo que se evidencia la relación mercantil que existía entre este y su representado. 345-530 PIEZA3, la parte demandante señala que son talonarios elaborados por el dueño del Taller EL PIAVE C.A para dar la orden de trabajos dentro del taller. La parte demandada señala que son facturas emitidas por la firma personal del Sr. Silvino Vargas con lo que se evidencia la relación mercantil que existía entre este y su representado. 533-685 PIEZA4 (Son ordenes de trabajo que mandaba a ser el Sr. Franco Schortino a sus representados) 542,544,545,547,549, y 648 la parte demandante los desconoce en su firma y la parte demandad señala que de su contenido se deduce que se trata de facturaciones de una empresa a otra. 543 solicita que se le de pleno valor probatorio como la empresa el PIAVE le daba zapatos a Silvino Vargas. Estos talonarios eran entregados por Sr., Schortino y no dice Taller Oriente). La parte demandada señala que del folio 533 al 541 se trata de facturas emitidas por la firma personal del Sr. Silvino Vargas con lo que se evidencia la relación mercantil que existía entre este y su representado 651, lo desconoce, 688-849 PIEZA5 (Con respecto al folio 688-690 desconoce el contenido pero no la firma, 691 desconoce las facturas, 692 reconoce las factura. Aquí la parte demandada señala que por que una empresa compre medicina a una persona natural no están demostrados los elementos que conforman una relación laboral. 693 desconoce por no tratarse de ninguno de los demandantes , 694, la reconoce por ser orden de compra para Silvino Vargas, 695 lo desconoce. La parte demandada insiste en el valor probatorio, 696 al 846 los desconoce por cuanto no fueron elaborados por Silvino Vargas. La parte demandada insiste en el valor probatorio 852-989 PIEZA 6, Desconoce todos los recibos por cuanto no fueron elaborados ni firmados por el ciudadano Silvino Vargas. La parte demandada señala que son facturas emitidas por la firma personal del Sr. Silvino Vargas con lo que se evidencia la relación mercantil que existía entre este y su representado. 992-1022 PIEZA 7, La parte demandante los impugna por cuanto no fueron realizadas ni suscritas por Silvino Vargas. La parte demandada señala que son facturas emitidas por la firma personal del Sr. Silvino Vargas no solo a Taller el Piave C.A sino a otros beneficiarios con lo cual se demuestra las relaciones comerciales de Silvino Vargas y la relación mercantil que existía entre este y su representado. 1062 al 1094 La parte demandante los impugna por cuanto no fueron realizadas ni suscritas por Silvino Vargas. La parte demandada señala que son facturas emitidas por la firma personal del Sr. Silvino Vargas no solo a Taller el Piave C.A sino a otros beneficiarios con lo cual se demuestra las relaciones comerciales de Silvino Vargas y la relación mercantil que existía entre este y su representado.1023 al 1061 la parte demandante los reconoce en la firma pero no en el contenido. La parte demandada los hace valer. 1097-1210 PIEZA 8, La parte demandante los impugna por cuanto no fueron realizadas ni suscritas por Silvino Vargas. La parte demandada señala que son facturas emitidas por la firma personal del Sr. Silvino Vargas no solo a Taller el Piave C.A sino a otros beneficiarios con lo cual se demuestra las relaciones comerciales de Silvino Vargas y la relación mercantil que existía entre este y su representado. 1213-1315 PIEZA 9, La parte demandante los impugna por cuanto no fueron realizadas ni suscritas por Silvino Vargas. La parte demandada señala que son facturas emitidas por la firma personal del Sr. Silvino Vargas no solo a Taller el Piave C.A sino a otros beneficiarios con lo cual se demuestra las relaciones comerciales de Silvino Vargas y la relación mercantil que existía entre este y su representado. 1318-1506 PIEZA 10, La parte demandante los impugna por cuanto no fueron realizadas ni suscritas por Silvino Vargas. La parte demandada señala que son facturas emitidas por la firma personal del Sr. Silvino Vargas no solo a Taller el Piave C.A sino a otros beneficiarios con lo cual se demuestra las relaciones comerciales de Silvino Vargas y la relación mercantil que existía entre este y su representado. 1509-1715 PIEZA 11, La parte demandante los impugna por cuanto no fueron realizadas ni suscritas por Silvino Vargas. La parte demandada señala que son facturas emitidas por la firma personal del Sr. Silvino Vargas no solo a Taller el Piave C.A sino a otros beneficiarios con lo cual se demuestra las relaciones comerciales de Silvino Vargas y la relación mercantil que existía entre este y su representado. 1718-1879 PIEZA 12, La parte demandante los impugna por cuanto no fueron realizadas ni suscritas por Silvino Vargas. La parte demandada señala que son facturas emitidas por la firma personal del Sr. Silvino Vargas no solo a Taller el Piave C.A sino a otros beneficiarios con lo cual se demuestra las relaciones comerciales de Silvino Vargas y la relación mercantil que existía entre este y su representado. 1842-2035 PIEZA 13, La parte demandante los impugna por cuanto no fueron realizadas ni suscritas por Silvino Vargas. La parte demandada señala que son facturas emitidas por la firma personal del Sr. Silvino Vargas no solo a Taller el Piave C.A sino a otros beneficiarios con lo cual se demuestra las relaciones comerciales de Silvino Vargas y la relación mercantil que existía entre este y su representado. 2058-2276 PIEZA 14, La parte demandante los impugna por cuanto no fueron realizadas ni suscritas por Silvino Vargas. La parte demandada señala que son facturas emitidas por la firma personal del Sr. Silvino Vargas no solo a Taller el Piave C.A sino a otros beneficiarios con lo cual se demuestra las relaciones comerciales de Silvino Vargas y la relación mercantil que existía entre este y su representado. 2279-2468 PIEZA 15 La parte demandante los impugna por cuanto no fueron realizadas ni suscritas por Silvino Vargas. La parte demandada señala que son facturas emitidas por la firma personal del Sr. Silvino Vargas no solo a Taller el Piave C.A sino a otros beneficiarios con lo cual se demuestra las relaciones comerciales de Silvino Vargas y la relación mercantil que existía entre este y su representado.
Prueba testimonial:
• GIOCONDA AGUILAR.-No asistió por lo que se declara desierto el acto
• WILMER FRANCISCO RIERA.- No asistió por lo que se declara desierto el acto
• OMAR ANTONIO SANOJA.- No asistió por lo que se declara desierto el acto
• ALFREDO CARDONA GUTIERREZ.- No asistió por lo que se declara desierto el acto
• ANTONIO BORTONE LAPORTE.- No asistió por lo que se declara desierto el acto
En este estado este Tribunal, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 157 de la Ley Orgánica procesal del Trabajo PROLONGA la celebración de la presente audiencia para el día MIERCOLES 21 DE OCTUBRE A LAS 02:00 p.m para lo cual se encuentran debidamente notificadas las parte.
Se deja constancia de que la audiencia fue reproducida en forma audiovisual, de conformidad con lo establecido en el artículo 162 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

LA JUEZ PRIMERA DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO

ABG. CARLOS MANUEL FUENTES GARRIDO

POR LA PARTE DEMANDADA: POR LA ACTORA:

Abg. GILBERTO CORONA Abg. ALBA CAPPELLETTI

Abg. DAVID CRESPO
MANUEL GOMEZ

JORGE GOMEZ

SILVINO VARGAS

LUIS HERRERA

Testigos;

EDGAR ROMERO

REINALDO PINTO

JOSE VALDEZ

XIOMARA CARVAJAL
-

LA SECRETARIA,

ABG. DAYANA LEAL CORDERO
EL ALGUACIL;

JOSE GONZALEZ
UP11-L-2007-000173
PIEZA Nº DIECISEIS (16)
CMFG/dlc