REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 13 de octubre de 2009
AÑOS: 199º y 150º
ASUNTO: UH05-V-2008-000199
PARTE ACTORA: Ciudadano MARWIN MANUEL GONZALEZ UBETO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 12.689.775.
PARTE DEMANDADA: Ciudadana LORENA NAIROVI HERAS OVIEDO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 18.547.565.
MOTIVO: REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR
En fecha diez (10) de noviembre de 2008, se recibió demanda interpuesta por la Fiscal Séptima del Ministerio Público, a solicitud del ciudadano MARWIN MANUEL GONZALEZ UBETO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 12.689.775, en contra del ciudadano LORENA NAIROVI HERAS OVIEDO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 18.547.565, por REGIMEN DE COVIVENCIA FAMILIAR, a favor del niño identidad omitida segun articulo 65 de la Ley de Proteccion de Niños, Niñas y Adolescentes. Se admitió la presente demanda el día 13 de noviembre de 2008. Se ordenó la citación de la demandada.
En fecha 16 de junio de 2009, quien Juzga se aboca al conocimiento de la presente causa. En fecha 22 de junio de 2009, se fijó el procedimiento y se ordenó la notificación de las partes. Consignadas como fueron las boletas de notificación de las partes, se procedió, en fecha dos (02) de octubre de 2009, a fijar la fase de mediación de la audiencia preliminar, para el día trece (13) de octubre de 2009, a las once y treinta minutos de la mañana (11:30 a.m). En la oportunidad fijada para la celebración de la audiencia de la fase de mediación de la audiencia preliminar se dejó expresa constancia de la no comparecencia de la parte actora ciudadano MARWIN MANUEL GONZALEZ UBETO y la no comparecencia de la ciudadana LORENA NAIROVI HERAS OVIEDO, ambos plenamente identificados en autos.
Ahora bien, vista la no comparecencia de la parte demandante, a la fase de mediación de la audiencia preliminar, este Juzgadora considera desistido el presente asunto, por lo que este Tribunal Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, de conformidad con lo establecido en el Artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se ordena el archivo del expediente.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en San Felipe, a los trece (13) días del mes octubre del año 2009. Años: 199º de la Independencia y 150º de la Federación.
La Jueza,
Abg. Belkis Morales de Rodríguez
La Secretaria,
Abg. Noren Vanessa Carvajal
En la misma fecha se publicó y registró la anterior sentencia siendo las 12:08 p.m. y se cumplió con lo ordenado.
La Secretaria,
Abg. Noren Vanessa Carvajal
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