ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2002-000182
ASUNTO : UP01-P-2002-000182

Vista la Resolución Nº 003-2009, emanada de la presidencia de este Circuito Judicial penal relacionada con el Receso Judicial, en el cual resuelve que corresponderá el Ejercicio de las Funciones de Ejecución durante el Lapso del Receso de las actividades Judiciales, al Juzgado de Ejecución Nº 1, a cargo de la Abg. Esmeralda López Guzmán y visto el escrito presentado por la Abg. Orlinda Velásquez, es por lo que me ABOCO al conocimiento del presente asunto en el cual se solicita ante este Tribunal salida transitoria para el Destacamentario ROMMER SMITH CASTILLO VELIZ, titular de la Cedula de Identidad N°, 21.303.200, a fin de trasladarse a la Ciudad de Caracas específicamente al Hospital Militar Dr. Carlos Arvelos, por cuanto su hija será intervenida quirúrgicamente del Corazón el día de mañana Viernes 11-09-2009, anexa constancia original y señala la Defensora Pública que el penado antes identificado consignara posteriormente a su reingreso el respectivo informe médico. En consecuencia este Tribunal para decidir observa que el mencionado penado se encuentra el Destacamento Agrícola IBOA, en cual mantenido buena conducta por no constar lo contrario en su expediente carcelario, no existiendo riesgo al quebrantamiento de la condena este Tribunal de Ejecución Nº 1 acuerda autorizar la salida transitoria de cuarenta y ocho (48) horas a partir del día de hoy hasta el día domingo 13-09-2009 al penado ROMMER SMITH CASTILLO VELIZ, con la finalidad de que se traslade a la Ciudad de Caracas (Hospital Militar) por cuanto su hija será intervenida quirúrgicamente del corazón, con la obligación de consignar informe médico relacionado con su permiso que se le otorga de conformidad al Artículo 19 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela en concordancia con el Artículo 62 numeral primero de la Ley de Régimen Penitenciario. Ofíciese al encargado del Destacamento de Trabajo Agrícola del contenido del presente auto. Al penado, Fiscal Penitenciario y la Defensora Pública Quinta. Cúmplase.

La Jueza de Ejecución Nº 1 La Secretaria
Abg. Esmeralda López Abg. Diosa Rivas