REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUSNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, Veintinueve (29) de Septiembre de Dos Mil Nueve
199º y 150º
ASUNTO: UP11-L-2009-000156
Visto que para el día de hoy, a las DOS DE LA TARDE (02:00 PM), estaba fijada la Celebración del Acto Conciliatorio en esta causa, pero es el caso que vista la actuación del Alguacil que cursa al folio que antecede. Quien Juzga acuerda REPROGRAMAR la celebración del Acto Conciliatorio, al TERCER (3er) hábil siguiente a que conste en autos la notificación de la parte demandada ciudadano EDUARDO MANUEL NAVAS, a las NUEVE DE LA MAÑANA (9:00 AM). Se ordena notificar a la parte demandada. Cúmplase con lo ordenado.-
LA JUEZ,
Abg. ARLEC VERONICA LUCENA HERNANDEZ
EL SECRETARIO,
Abg. RUBEN EDUARDO ARRIETA
En la misma fecha se cumplió lo ordenado.
EL SECRETARIO,
Abg. RUBEN EDUARDO ARRIETA
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