JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
SAN FELIPE, 20 DE ABRIL DE 2010.
Años: 200° y 151°.-

Recibido como ha sido el presente expediente en fecha 12 de abril de 2010, del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil; Mercantil y Transito de esta Circunscripción Judicial, quien lo remite de nuevo, por cuanto en fecha 22 de Marzo de 2010 el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, declaro SIN LUGAR, la Incidencia de inhibición formulada por el Juez de este Tribunal en fecha 03 de Marzo de 2008, en el presente expediente, en consecuencia debido a que la causa se encuentra en estado de dictar sentencia, dando cumplimiento con lo ordenado por la Alzada en fecha 16 de septiembre de 2009, este Juzgado acuerda dictar sentencia al noveno (9°) día de despacho siguiente al de hoy, de conformidad con el artículo 607 del Código de Procedimiento Civil. Así mismo en aras de garantizar a las partes su derecho a la defensa, al debido proceso, acuerda notificar a las partes una vez dictada la sentencia de conformidad con lo establecido en el artículo 251 ejusdem.

El Juez

Abg. Eduardo J. Chirinos Chaviel.
La Secretaria,

Abg. Linette Vetri Meleán.


EJCC/lv.
Exp. 13.408.