REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa: 13 de abril de 2010
Años: 199° y 151°
Vista la solicitud formulada al final del escrito que encabeza las presentes actuaciones y las declaraciones de los testigos, ciudadanos: WUISTON JOHALBER PEREZ PERAZA y MILAGRO MILARIS PEREZ PERAZA, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-12.078.924 y V-12.280.079, respectivamente, domiciliados el primero en la calle 1 de la Urb. Tricentenario del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y la segunda en la calle 13 entre Avenidas 5 y 6 del Barrio Guatanquire del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; este Juzgado Actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana: YUKLIN YARITZA APONTE CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°. V-7.919.215; domiciliada en Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; sin perjuicios de tercero de igual o mejores derechos, en un área de terreno propio, según documento registrado por ante la Oficina de Registro Publico con Funciones Notariales del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy en fecha 21 de Noviembre de 2008, donde quedo anotado bajo el N°. 06, Protocolo Primero, Tomo 04, Cuarto Trimestre del año 2008, que mide Ciento Sesenta y Seis Metros Cuadrados con Veintiocho Centímetros (166,28mts²), ubicado en la Avenida 1 entre calles 10 y 11, parcela N°. 43, Urbanización Daniel Carias, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, consiste en una Casa hecha de Bloques de Cemento Frisado, Piso de Cemento Pulido, Techo de cemento, cerca perimetral de Bloques de Cemento, una sala-comedor, dos dormitorios, un baño, una cocina y un lavandero, alinderado de la siguiente manera: NORTE: Avenida 1, que es su frente (12,00 ml); SUR: Casa y Solar de Antonio García; ESTE: Casa y solar de Guadalupe Hernández; y OESTE: Casa y Solar de Maria de Maldonado. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada, a los fines solicitados y déjese copia certificada en el archivo de este Juzgado. Se le asignó el No. 865-2010.-
El Juez, Temp.,
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria
Abg. ERLEN MARTINEZ
Cem