ASUNTO PRINCIPAL : UP01-S-2004-005433
ASUNTO : UP01-S-2004-005433

ACTUALIZACIÓN DE COMPUTOS

Este Tribunal de la revisión minuciosa del presente asunto procede a la actualización del cómputo de la Pena y lo hace de la siguiente manera: El penado FRANKLIN RAFAEL BELLO REYES, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 12.281.578, fue condenado por el Juzgado de Juicio N° 3 de este Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, en fecha 06 de Junio de 2008, a cumplir la pena de OCHO (8) AÑOS Y NUEVE (9) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1ro del Código Penal. Ahora bien; consta en autos que el penado FRANKLIN RAFAEL BELLO REYES fue detenido en fecha 17 de Marzo del 2005 hasta la presente fecha 07-04-2010, por lo que se le descontará de la pena a cumplir, de conformidad al Artículo 484 del Código Orgánico Procesal Penal, siendo que tiene como pena cumplida con una redención realizada CINCO (5) AÑOS, NUEVE (9) MESE (9) Y VEINTITRES (23) DÍAS, pena que extingue en fecha 30 de Marzo del 2013. Así mismo se le notifica al penado que puede optar a las fórmulas alternativas de cumplimiento de pena a partir de las siguientes fechas: LIBERTAD CONDICIONAL, al cumplir 2/3 partes de la pena (5 años y 10 meses) a partir del día 30/04/2010; CONFINAMIENTO al cumplir ¾ partes de la pena (6 años 6 meses 22 días y 12 horas) a partir del día 22/01/2011 a las 12:00 meridiem. En razón de la actualización de los cómputos se evidencia que el penado opta a una de las fórmulas alternativas de cumplimiento de pena a partir del 30-04-2010, en consecuencia se ordena oficiar al Centro Comunitario Nilda Lucrecia Hernández remitiéndole copia certificada del presente auto al penado, Notifíquese a la Defensa, al Fiscal penitenciario. Cúmplase.-

JUEZ DE EJECUCIÓN N° 01
ABG. ESMERALDA LÓPEZ GUZMÁN

LA SECRETARIA
ABG. DANIELA SILVA